Bolsas empleo PAS funcionario

Recientemente hemos tenido conocimiento de un nuevo varapalo judicial a la Universidad de Oviedo, en esta ocasión se trata de la confección de las bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos.

Hagamos un poco de historia: Después de muchos meses de trabajo de los grupos que formábamos en aquel momento la Junta de Personal, llegamos a un consenso que trajo como fruto el Acuerdo de confección de listas de reserva para el nombramiento del personal interino firmado en marzo de 2011 con la Gerencia. Una vez celebrados los procesos selectivos celebrados en 2012, la Gerencia, unilateralmente propuso modificar esos criterios con el objeto de primar más la nota del examen en detrimento de la antigüedad como criterios para la confección de las bolsas de interinos. Se celebraron varias reuniones sin que hubiera acuerdo y en el que la Gerencia se mostró muy poco flexible en sus planteamientos, optando por dictar el 7 de junio de 2013 una Resolución unilateral, con la Junta de Personal en contra, para establecer los criterios de confección de bolsas de empleo. Las Secciones Sindicales advertimos en numerosas ocasiones a la Gerencia de los problemas que se iban a generar y que esta decisión iba a traer consigo recursos ya que se modificaban los criterios de confección de bolsas una vez resueltos los procesos selectivos, lo que suponía cambiar las reglas de juego a mitad del partido.

Una vez publicadas las nuevas listas utilizando los criterios fijados por la Gerencia, los afectados/as empezaron a interponer recursos contencioso-administrativos que poco a poco se han venido resolviendo en sentido DESFAVORABLE para la Universidad hasta un total de 10. La Universidad siguió su particular batalla apelando las sentencias a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ya se ha pronunciado en 4 ocasiones DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la Universidad.

La Sentencia indica que los Estatutos de la Universidad de Oviedo, no atribuyen al Gerente la competencia respecto a personas no vinculadas por relación de servicios con la Universidad, como son los aspirantes a interinidad y determinar  por ello cuáles sean los criterios para la formación de tales listados y en relación a la competencia de dirección de los servicios administrativos y económicos y coordinación del resto de servicios, no alcanza igualmente al dictado de unos criterios que vienen referidos a la formación de los listados de interinidades.”

Contra esta sentencia no cabe recurso, y se imponen costas a la Universidad.

CCOO considera inaceptable la línea de actuación de la Universidad que obliga a los trabajadores/as y a las Secciones Sindicales a judicializar muchas cuestiones relativas a los derechos de los trabajadores en lugar de seguir los cauces de la negociación y las consecuencias las vemos:

-El reconocimiento de derechos por sentencia judicial en lugar de la utilización del cauce del diálogo.

-Costosos gastos para la Universidad de Oviedo en defensa jurídica, que ha supuesto un aumento de la partida presupuestaria de la Secretaría General para 2014 (siendo esta la única partida que aumentó este año) para hacer frente a los gastos ocasionados por los numerosos recursos, que en la mayoría de los casos pierde la Universidad (carrera profesional, convocatoria puestos de libre designación, conflicto colectivo personal laboral, etc.).

Desde CCOO hacemos un llamamiento a la Gerencia para que retome el camino de la negociación, por el bien de los trabajadores y de la propia Institución.

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