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ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (E.E.E.S.)

1. ¿QUÉ ES EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (E.E.E.S.)?

Entre los objetivos de la Unión Europea se encuentra la coordinación de las políticas y normas legislativas de sus estados miembros en cuestiones relacionadas no sólo con el desarrollo económico, sino también con el progreso y el bienestar social de la ciudadanía. Este objetivo de coordinación también se aplica a la educación y por ello Europa ha iniciado un proceso para promover la convergencia entre los sistemas nacionales de educación superior. Este proceso de convergencia conlleva una serie de medidas de reforma de la estructura y organización de las enseñanzas universitarias para la construcción de un espacio educativo europeo común.

2. PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DEL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (E.E.E.S.):

En este proceso de construcción ha sido decisivo el papel de las redes de colaboración entre las instituciones universitarias europeas, el desarrollo de programas de movilidad interuniversitaria (SÓCRATES/ERASMUS) y los Ministros de Educación de los países de la Unión Europea. A su vez, se han constituido foros de debate sobre el proceso de convergencia en todos los países miembros. Algunos momentos clave en este proceso han sido:
La declaración de La Sorbona de 1998. Inicia el proceso de convergencia apareciendo en ella por primera vez el concepto de E.E.E.S.
La declaración de Bolonia de 1999. En ella los Ministros de Educación de 29 países miembros de Unión Europea refrendan la importancia de un desarrollo armónico de un Espacio Europeo de Educación Superior, esto es, de un sistema educativo europeo de calidad que permita a Europa fomentar su crecimiento económico, su competitividad internacional y su cohesión social a través de la educación y la formación de una ciudadanía a lo largo de la vida y su movilidad. Sus finalidades serían adoptar un sistema de titulaciones comprensible y comparable para promover las oportunidades de trabajo y la competitividad internacional de los sistemas educativos superiores. A su vez, en esta declaración se establece el compromiso de conseguir estos objetivos antes del 2010.
El comunicado de Praga de 2001. Se introducen algunos aspectos adicionales como la importancia del aprendizaje a lo largo de la vida como elemento esencial para alcanzar una mayor competitividad europea o el desarrollo de sistemas de garantía de la calidad y de mecanismos de certificación y acreditación de la Educación Superior.
A su vez, en España se ha publicado la siguiente normativa al respecto:
REAL DECRETO 55/2005 de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado.
REAL DECRETO 56/2005 de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado.

3. ¿QUÉ CAMBIOS INTRODUCE EL PROCESO DE CONVERGENCIA EN EL SISTEMA UNIVERSITARIO ESPAÑOL?

Este importante proceso va a producir cambios estructurales en nuestro sistema universitario como los siguientes:
1. Redefinición del crédito académico: Sistema Europeo de Créditos (Créditos ECTS).
2. Cambios en la estructura cíclica de las titulaciones.
3. Nuevo sistema de acreditación de enseñanzas: el Suplemento Europeo al Título.
4. Acreditación académica de la calidad.

3.1. REDEFINICIÓN DEL CRÉDITO ACADÉMICO: SISTEMA EUROPEO DE CRÉDITOS o CRÉDITOS ECTS.
El crédito es la unidad de referencia sobre la que se estructuran y organizan los curricula formativos en la mayor parte de los países. Es un sistema que permite medir el trabajo que debe realizar el alumnado para la adquisición de los conocimientos, capacidades y destrezas necesarias para superar las diferentes materias de su plan de estudios.
En la declaración de Bolonia se considera la necesidad de establecer un sistema común de créditos en Europa para fomentar la comparabilidad de los estudios y promover la movilidad de los/as estudiantes y titulados/as. Se propone para esta labor el sistema de créditos europeos ECTS (European Credits Transfer System) que nace y se desarrolla con los programas de movilidad estudiantil (como ERASMUS o SÓCRATES) para dar una respuesta a la necesidad de encontrar un sistema de equivalencias y de reconocimiento de los estudios cursados en otros países.
La generalización de esta unidad de medida académica para todos los/as estudiantes es un objetivo fundamental para la creación del Espacio Europeo de Educación Superior, de forma que el trabajo desarrollado por un/a estudiante en cualquiera de las universidades de los estados miembros sea fácilmente reconocible en cuanto a nivel, calidad y relevancia.
Adoptar el sistema de créditos europeo ECTS implica una modificación importante en el sistema de créditos español actual. En nuestro actual sistema el crédito se define en función de las horas de docencia (teórica o práctica) impartidas por el profesorado pero en ningún caso se tiene en cuenta el trabajo del estudiante. Sin embargo, el crédito europeo valora el volumen global de trabajo realizado por el alumnado en sus estudios, no sólo las horas de clase impartidas por el profesor/a. El crédito europeo integra las enseñanzas teóricas y prácticas junto a otras actividades académicas dirigidas (seminarios, tutorías, proyectos, etc.) y el volumen de trabajo personal (estudio en bibliotecas o en el domicilio) que e/la estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos educativos. Así pues, el ECTS se basa en el volumen total de trabajo y no se limita exclusivamente a las horas de asistencia a clase. Así, cuando a una asignatura se le asigne un número de créditos, estarán incluidos: clases teóricas y prácticas, preparación y realización de exámenes, horas de estudio, trabajos de la asignatura, horas de tutorías y supervisión del trabajo del alumnado por parte del profesorado. Esto supone un nuevo modelo educativo basado en el trabajo del estudiante y no en las horas de clase, o, dicho de otro modo, centrado en el aprendizaje del alumnado, no en la enseñanza del profesorado. Este proceso de mejora debe ser interactivo y se sustenta en tres principios:
- Mayor implicación y autonomía del estudiante.
- Utilización de metodologías más activas: casos prácticos, trabajo en equipo, tutorías, seminarios, tecnologías multimedia.
- Papel del profesorado, como agente creador de entornos de aprendizaje que estimulen al alumnado.
La convergencia va en la línea de adopción de sistemas de 60 créditos (europeos) por cada curso académico. A título orientativo y considerando una actividad académica aproximada de 40 semanas/año y una carga de trabajo en torno a 40 horas/semana, se establece para el crédito europeo un valor de entre 25 y 30 horas de volumen global de trabajo (1500-1800 horas de trabajo del alumno/a por año).
Otra de las modificaciones que incluirá el sistema ECTS en España es el perfeccionamiento del sistema de calificaciones al introducir notas numéricas con un decimal y calcular los porcentajes relativos de cada curso.


3.2. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA CÍCLICA DE LAS TITULACIONES:
En el E.E.E.S. la estructura de las enseñanzas cursadas y los niveles de los títulos recibidos al finalizar los estudios serán más homogéneos con el resto de países de la Unión Europea favoreciendo la movilidad e integración laboral. Para ello en la declaración de Bolonia se estableció la adopción de un sistema de titulaciones basado en dos niveles principales:
1. Habrá una titulación de primer nivel o NIVEL DE GRADO. Este nivel tiene como objetivo posibilitar tanto una cualificación apropiada para incorporarse al mercado de trabajo, como proseguir la formación en el nivel de posgrado. Implica también la desaparición de la distinción entre diplomatura/licenciatura existente en España. El número total de créditos necesarios para obtener el grado estará comprendido entre 180 y 240 créditos ECTS.
2. Habrá una titulación de segundo nivel o NIVEL DE POSGRADO. Requerirá haber superado el nivel de grado y comprende dos ciclos:
- Formación avanzada para la obtención del título de MASTER (60-120 créditos ECTS).
- Formación investigadora para la obtención del título de DOCTOR. Para acceder al Doctorado se requieren al menos 300 créditos de Grado y Posgrado (Máster).
Las universidades definirán su propia oferta de Máster y Doctorado, a precios públicos en las universidades públicas.
Las titulaciones se armonizarán con las de otros países europeos y se diseñarán en función de perfiles profesionales con perspectiva nacional y europea. A su vez, estas titulaciones deberán basarse en unos objetivos que deben hacer mención expresa de las competencias genéricas básicas, las competencias transversales relacionadas con la formación integral de las personas y las competencias más específicas (conocimientos, capacidades y habilidades) que posibiliten una orientación profesional que permita a los titulados/as una integración en el mercado de trabajo.
En la transición de las titulaciones actuales al nuevo sistema de enseñanzas universitarias se establecerá un sistema de pasarelas o formación adicional para facilitar la conversión y el reconocimiento de los estudios cursados.
Cronología para la convergencia:
Primera fase: Establecimiento de un Mapa de Titulaciones abierto y flexible, que renovará el actual catálogo, debiendo ponerse en marcha un proceso de elaboración de las Directrices Generales Propias de cada Titulación.
Segunda fase: Las Universidades tendrás tres años, en un proceso que concluirá en 2010, para implantar sus nuevos planes de estudios.

3.3. NUEVO SISTEMA DE ACREDITACIÓN DE ENSEÑANZAS: EL SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO.
El Suplemento Europeo al Título será la herramienta indispensable para facilitar el reconocimiento de títulos en la Unión Europea. Es un documento personal para cada titulado que añade información al título, mediante una descripción de su naturaleza, nivel, contexto y contenido. Su objetivo fundamental es hacer comprensibles y comparables los títulos universitarios en Europa por medio de una información académica y profesional relevante para la sociedad, la universidad y el los empleadores. El titulado/a universitario/a pasará a tener un documento de información unificado pero personalizado, sobre los estudios cursados, su contexto nacional y las competencias y capacidades profesionales adquiridas, que acreditará sus conocimientos en diferentes instituciones europeas de educación superior.
Para la implantación del Suplemento Europeo al Título en España se plantean dos etapas. Una primera fase transitoria, hasta la implantación de las nuevas titulaciones estructuradas conforme a los créditos europeos, en la que se podrá expedir el Suplemento para las titulaciones actuales; y una segunda fase definitiva una vez implantadas las nuevas titulaciones conforme al sistema de créditos europeo.


3.4. ACREDITACIÓN ACADÉMICA DE LA CALIDAD:
Conseguir que Europa se convierta en lugar de referencia en el ámbito de la formación universitaria para estudiantes de todos los países pasa necesariamente por una garantía de la calidad de la enseñanza, fundamentada en mecanismos y procesos de evaluación, certificación y acreditación.
A tal fin en España se ha creado la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) que, junto con los órganos de evaluación que puedan crearse en las Comunidades Autónomas, serán responsables, en sus respectivos ámbitos de competencias, de llevar a cabo las políticas previstas de evaluación, certificación y acreditación.

4. CÓMO AFECTA EL PROCESO DE CONVERGENCIA A LAS DIPLOMATURAS DE TRABAJO SOCIAL:
La Conferencia de Directores de Escuelas de Trabajo Social de España así como el Consejo General de Colegios de Diplomados de Trabajo Social llevan tiempo trabajando en la configuración de la titulación de grado en Trabajo Social que se implantará en el E.E.E.S. según las exigencias de la Convergencia Europea.
En esta labor se ha partido de lo siguiente:
- Del trabajo realizado hasta el reconocimiento del área de conocimiento "Trabajo Social y Servicios Sociales" en 1990.
- Del trabajo que se viene realizando desde 1998 por parte del Consejo General de Diplomados de Trabajo Social y Asistentes Sociales y de la Conferencia de Directores de Escuelas Universitarias de Trabajo Social para conseguir la transformación actual de la Diplomatura en Licenciatura.
- Del diseño de perfiles formativos basados en los respectivos perfiles profesionales siguiendo el proyecto Tuning a través de la Comisión de estudio del Perfil profesional de los Trabajadores Sociales.
- De la constitución de una red de investigación de la inserción profesional de los titulados en Trabajo Social con el fin de mejorar la calidad de la formación ofertada (sus resultados han quedado reflejados en el "Estudio de los flujos de inserción en la vida activa de los Diplomados en Trabajo Social").
Los resultados de esta tarea conforman la propuesta para la Titulación de Grado de Trabajo Social en España que se recoge en el "Libro Blanco de la Titulación de Trabajo Social".

MÁS INFORMACIÓN:

Adaptaciones legislativas realizadas para converger en Europa:
- R.D. 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para el SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO.
- R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el SISTEMA EUROPEO DE CRÉDITOS.
- R.D. 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO.
- R.D. 56/2005, de 21 de enero, que regula los ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE POSGRADO.

Universidad de Oviedo
http://www.uniovi.es/EEES/