El divorcio notarial en España (perspectiva en Derecho Comparado y problemática de la actual regulación)
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Rodríguez Díaz, E. M. (2018). El divorcio notarial en España (perspectiva en Derecho Comparado y problemática de la actual regulación). Revista Jurídica De Asturias, (41). Recuperado a partir de https://reunido.uniovi.es/index.php/RJA/article/view/12898

Resumen

El punto de partida de este trabajo es la reciente reforma en materia de divorcio de mutuo acuerdo o instado por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro, realizada por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria que modifica, entre otros, el Código civil y la LEC en materia de separación y divorcio. La nueva regulación presenta un especial atractivo porque ha supuesto la entrada de nuevos operadores jurídicos en las crisis matrimoniales, como son los notarios y los letrados de la administración de justicia, y por la especial naturaleza y vigencia de la cuestión, resultado del importante cambio en el grado de acuerdo entre los cónyuges, en las más de tres décadas de vigencia del divorcio. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, las primeras separaciones comenzaron siendo mayoritariamente contenciosas (67% del total en 1982), pero los procesos contenciosos y de mutuo acuerdo fueron igualándose en la década siguiente. En 1995 se registran por primera vez mayor número de procesos de mutuo acuerdo que contenciosos, y esta tendencia no hace sino aumentar en la última década. En 2012, el 66,2% de los divorcios y separaciones fueron de mutuo acuerdo1. Fue en febrero de ese año, cuando el entonces Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, presentó la reforma como una solución para “descongestionar los juzgados”, calculando que aproximadamente unos 18.000 de esos asuntos pasarían a los notarios.
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