Desde el 30 de setiembre de 2022 , la actividad de la Universidad de Oviedo se ha acordado por asentimiento la suspensión de la aplicación del Plan Marco de la Universidad de Oviedo para la Gestión de la Pandemia.
RIESGO BAJO. PRESENCIALIDAD ATENUADA.
Se declarará el escenario naranja en una situación epidemiológica favorable, de riesgo bajo-medio según los criterios establecidos en el Acuerdo de la Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19.
En el escenario naranja, serán esenciales:
Estas solicitudes de exención de presencialidad serán autorizadas únicamente si:
Para solicitar una actividad presencial no incluida en aquellas declaradas como esenciales, se ha de enviar una solicitud al Delegado del Rector a través del tramitador telemático. Deberá ir acompañada de una memoria justificativa de la presencialidad, indicando la persona responsable de la actividad, el número máximo de personas que participarán en ella y duración estimada.
Una vez autorizada la actividad, el Comité Ejecutivo elaborará y entregará a la persona responsable el protocolo sanitario que deberá seguirse durante la actividad.
Las pruebas de evaluación son esenciales. Por ello, se podrán realizar de forma presencial según lo dispuesto en las guías docentes, los órganos de gobierno de los centros y respetando los criterios generales de vuelta a la presencialidad.
En el escenario naranja, se mantendrá siempre el calendario de evaluaciones aprobado en cada centro.
Cada centro elaborará un protocolo conforme a las normas sanitarias, que será supervisado por el Delegado del Rector para la Coordinación Biosanitaria y de la Salud, en coordinación con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y el Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Oviedo, oído el Comité Ejecutivo. Este protocolo:
Deberá comunicar esta situación desde el momento en que se produzca, mediante escrito razonado dirigido a la dirección de centro, acompañando todos los documentos que acrediten la imposibilidad de realizar el examen de forma presencial en la fecha establecida.
Serán causas justificadas para no asistir a una prueba presencial:
La dirección del centro programará una repetición de la prueba en la misma modalidad que la que no haya podido realizarse. En caso de que persista la causa justificada de inasistencia, se reprogramará la prueba en modalidad no presencial, de conformidad con las guías docentes.
Se recomienda que los términos de la repetición o reprogramación sean acordados por el docente de la asignatura y el estudiante, y que, en defecto de acuerdo, sean fijados por la dirección del centro.
En caso de que los centros no puedan realizar pruebas finales en las condiciones sanitarias indicadas dirigirán una solicitud motivada al Delegado del Rector para la Coordinación Sanitaria y de la Salud, proponiendo la utilización de otros espacios disponibles o, como último recurso, la realización de las pruebas finales en modalidad no presencial, de conformidad con las guías docentes.
La defensa de trabajos fin de grado y de trabajos fin de máster se podrá realizar de forma presencial en los términos que fije cada centro, asegurándose de que se cumplirán al menos las normas relativas a distancia interpersonal y uso de mascarilla. El aforo de público nunca podrá exceder del 50% de la capacidad del espacio en el que se realice la defensa.
Podrán celebrarse presencialmente teniendo en cuenta los siguientes criterios:
La realización de pruebas selectivas del personal administrativo y de servicios se sujetarán a lo dispuesto sobre el particular en el Protocolo General Sanitario.
Los centros y entidades en las que se realizan prácticas externas curriculares y extracurriculares deberán acreditar ante los centros responsables el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Su apertura y uso se someterán a las normas establecidas por la autoridad sanitaria estatal y autonómica con carácter general para este tipo de instalaciones, que serán adaptadas a las singularidades de los espacios universitarios con arreglo al protocolo específico que establezca el Comité Ejecutivo.
El Comité Ejecutivo establecerá el protocolo sanitario específico para los Colegios Mayores y residencias Universitarias atendiendo a las normas estatal y autonómicas vigentes en cada momento. El Vicerrectorado de Estudiantes adoptará, mediante instrucciones, las medidas necesarias para ordenar las unidades administrativas colegiales y la adecuada prestación de los servicios siguiendo los criterios sanitarios establecidos por las autoridades sanitarias y la Universidad de Oviedo.
Los servicios de cafetería y restauración en espacios universitarios se sujetarán a las normas establecidas con carácter general para la hostelería y la restauración por las autoridades sanitarias estatal y autonómica.
Las reuniones de los órganos colegiados de la Universidad de Oviedo podrán celebrarse de forma presencial en el marco de lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente en cada momento.
Los procesos electorales en la Universidad de Oviedo podrán celebrarse de forma presencial, salvo que la junta electoral respectiva acuerde hacerlo de forma telemática en los términos que establezcan los reglamentos electorales.
La Junta Electoral Central, por delegación del Consejo de Gobierno, dictará cuantas instrucciones resulten necesarias para ordenar los procesos electorales en la Universidad de Oviedo en cuestiones tales como el voto anticipado, disponibilidad de los registros, horarios de votación, franjas horarias por colectivos, aumento de las jornadas de votación… Por su parte, el Comité Ejecutivo del COVID adoptará el protocolo sanitario específico aplicable a los procesos que sean presenciales atendiendo a cuestiones sobre ubicación de las mesas electorales en espacios abiertos y bien ventilados, distancias interpersonales de los votantes y miembros de las mesas, introducción de las papeletas por los propios votantes, etcétera.
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