Encuesta del Consejo a la Sala de Alcaldes sobre la distribución de sopas en los conventos. Informe del señor alcalde don Gaspar de Jovellanos

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Comienzo de texto: M.P.S. Por los cuatro papeles adjuntos de los reverendos padres fray Benito Camba, fray Francisco Cerdeira, fray Francisco Salcedo y Juan Andrés Comeng

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M.P.S.
Por los cuatro papeles adjuntos de los reverendos padres fray Benito Camba, fray Francisco Cerdeira, fray Francisco Salcedo y Juan Andrés Comenge, prelados de las comunidades de San Martín, Santo Tomás, San Felipe el Real y San Felipe Neri, situadas dentro del cuartel de la plaza, que por ausencia de vuestro alcalde don Tomás Gargollo está a mi cargo, se enterará V.A. de que en ninguna de dichas cuatro comunidades se reparte limosna actualmente a los pobres mendigos. El convento de San Felipe el Real da cierta porción de panes a los pobres del hospicio desde el tiempo que gobernaba el vuestro consejo el conde de Aranda. La congregación de San Felipe Neri contribuye al mismo hospicio con cien reales cada mes, y en estas distribuciones parece que no se debe hacer novedad. El monasterio de San Martín reparte también de ochenta a cien reales cada mes por mano del párroco entre los enfermos y huérfanos, y estando pronto a invertirlos según las intenciones del consejo, pudiera prevenirse al prelado que pusiera en poder de la diputación de aquel barrio la cantidad que le dictare su caridad por mesadas para que se distribuyese con arreglo a las últimas órdenes. Del convento de Santo Tomás nada hay que prevenir porque nada reparte más que los sobrantes de que hablaré con separación. En este punto sólo el prior de dicho convento expone que cuando los haya, está pronto a enviarlos a los presos, pero los demás prelados destinan los suyos a sirvientes y allegados de la comunidad y de los mismos religiosos en cuyo destino no me parece que se debe hacer novedad mientras no se advirtiere que estos socorros sirven de fomento a la mendicidad, vagancia u holgazanería de los socorridos, a cuyo fin se puede mandar que los alcaldes o diputados de barrio celen y observen lo conveniente. Sólo resta hacer presente a V.A. que si es verdad que el pan dado al hospicio por la comunidad de San Felipe el Real no se consume por los mismos pobres como expone su prelado, será necesario que se pasen los oficios correspondientes a fin de que esto se verifique en forma específica, pues a ello tienen un derecho recíproco así el que hace la limosna como los que la reciben. Madrid y noviembre diez y nueve de mil setecientos setenta y ocho.
Don Gaspar de Jovellanos.

Referencia: 10-591-01
Página inicio: 591
Datación: 19/11/1778
Página fin: 592
Lugar: Madrid
Destinatario: Consejo de Castilla
Manuscritos: Archivo Histórico Nacional, Consejos, leg. 8949, n.º 58
Ediciones: SOUBEYROUX, J., «L’alcalde de Casa y Corte Gaspar Melchor de Jovellanos et les problèmes de l’assistance à Madrid (1778-1780)», Caravelle, n.º 21, 1973, p
Bibliografia: CASO GONZÁLEZ, J. M., Vida y obra de Jovellanos, Gijón, 1993. CEÁN BERMÚDEZ, J. A., Memorias para la vida del Excmo. Señor D. Gaspar Melchor de Jovellanos, y noti
Estado: publicado