Extracto del discurso presentado a la Sociedad Patriótica de Sevilla por don Juan Manuel de Oyarvide sobre las pesquerías de la costa de Ayamonte, en 8 de febrero de 1776,

Comienzo de texto

Comienzo de texto: La[s] pesquería[s] que se hacen en el reino de Sevilla pueden dividirse en tres clases: primera, pesquería blanca o de consumo; segunda, pesquería de almadrabas; tercera, pesquería de jábegas

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La[s] pesquería[s] que se hacen en el reino de Sevilla pueden dividirse en tres clases: primera, pesquería blanca o de consumo; segunda, pesquería de almadrabas; tercera, pesquería de jábegas.
En esta división, la primera clase comprendería toda la pesca de cualquiera clase que sea destinada en fresco para el consumo de esta capital y otras ciudades y pueblos grandes de la provincia; y aunque en este ramo produciría muy grandes riquezas, que se dividen entre las personas ocupadas en él, su examen no pertenece a este discurso.
[…] de ser fomentado y deducido de reglas constantes. A la segunda clase toca la pesquería de los atunes, estancada por real privilegio en la casa de Medina Sidonia, por cuya cuenta se mantienen las dos almadrabas o redes que hay al sitio llamado río del Ferrón, cerca de Huelva y Conil. Esta pesca, en que se ocupa un crecidísimo número de personas, es muy costosa. El atún que produce, a reserva del que se vende en fresco, se despedaza, sala y embarrila, y así beneficiado se vende a cuatro reales la arroba en años regulares. La Real Hacienda suministra a la misma casa de Medina, por su privilegio, 60 mil fanegas de sal, a diez reales. También hacen los portugueses esta pesca en su costa, y suelen vender su atún en nuestros puertos. Como quiera que sea, tampoco nos toca tratar de este ramo de pesquería, por cuanto sus ventajas ceden sólo, al menos directamente, en beneficio de un particular. La tercera clase comprende la pesquería de la sardina, y ésta, su beneficio y tráfico forman el asunto del presente discurso. Su objeto no es otro que excitar el celo de la Sociedad, para que promueva por los medios que el mismo le dictare, un ejercicio tan útil y beneficioso a los naturales de estos reinos. Las […] puede por […] esta arreglar y acometer […] [primera], puede ocupar y enriquecer a muchos individuos; segunda, aumentar y mejorar la marinería y la navegación de puerto a puerto; tercera, contener la introducción de pescados extranjeros, extendiendo la venta de los nuestros a los puertos extraños con aumento de la riqueza nacional. Es la sardina un pescado de paso o temporada, que habita siempre en grandes manadas o bandadas, y se ocupa en cruzar el mar desde Oriente a Poniente y al contrario, acercándose de tiempo en tiempo a la costa en busca de abrigo y alimento. Sus arribadas se conocen por dos señales constantes. Dan la primera los alcatraces, pájaros piscívoros que se remontan en los sitios en que vaga la sardina, precipitándose sobre ella y haciendo su presa para remontarse. La segunda se toma de cierto color oscuro que da a la superficie del mar la misma sardina que casi siempre nada a la flor del agua. La temporada de estas arribadas es desde mitad de julio en adelante. La hay, y suele pescarse también, en los meses anteriores; pero se coge poca y de mala calidad. El sitio a que arriba la sardina es aquella parte de nuestra costa donde desemboca el Guadiana, bien que suele extenderse, especialmente en fin de temporada, por todo lo que llaman costa de Castilla o Arenas Gordas. Los pescadores la siguen a todas partes. Así, aunque la principal pesquería se [encuentra] al sitio llamado La Higuerita, […] de la Antilla, Morla y […], Jalabar. Hubo un tiempo en que nuestros pescadores tendían sus redes por la costa de Portugal, como los de aquel reino por la nuestra. Entonces, la mayor concurrencia de pescadores y traficantes era en Monte Gordo, pequeña población portuguesa a cuya costa acude con gran abundancia, y tiene una rada de excelente fondo. Pero en este punto las cosas han variado como veremos después. Hoy se hace esta pesca por los pescadores de Huelva y Ayamonte, y por los de Valencia, Cataluña y costa de Granada, que vienen de sus puertos a los debidos tiempos a pescar, comprar o beneficiar la sardina para traficarla después. Para este fin, venden en Cádiz sus vinos, arroces y otros frutos, y con las pipas de vacío y el dinero que han recogido, vienen a ocupar uno y otro en la pesca y compra de sardina. Su estancia suele ser en un islote al sitio ya mencionado de La Higuerita y en una ensenada que hace el mar entre Ayamonte y La Redondela, donde paran, levantando sus cabañas. Aquí dejan en abrigo sus embarcaciones, y saliendo al mar en las lanchas o faluchos, hacen la pesca junto con los naturales, retirándose luego a su redil para dar a la sardina que han pescado, y a la que compran, el competente bene[ficio]. De este modo [¿la venden?], y como ellos dicen, a granel o en chanca, para surtir el consumo de esta ciudad, Cádiz, El Puerto, etc., o la venden a los pescadores de las otras provincias que, por lo común, la benefician de su cuenta. Este beneficio que se da a las sardinas se reduce a espicharlas, prensarla[s], salarla[s], ponerla[s] en baretas, estibarlas, y embarrilarlas, y de este modo la llevan los extraños a Barcelona, Valencia, etc.
En años abundantes, se vende la sardina en fresco desde cuatro a diez reales el millar; en los escasos, de diez a 18, pero en todos tiene nuestra estimación; la que viene golpeada […] pide más pronto despacho, y aun bien beneficiada apenas aguanta hasta Cuaresma. Cada armamento destinado a esta pesca se compone de una barca de jábega, de 21 codos de quilla y 150 quintales de porte, y de un jabeque de enviada de 15 [codos] de quilla y 50 [quintales] de carga ambos, con todos sus pertrechos, de dos artes de red de cáñamo con capas dobles, y de los demás útiles indispensables así para el surtido de los barcos, como para el ejercicio a que se destinan. El costo total de todo esto, se cree consistía en 15.345 reales. Este armamento dura aproximadamente 10 años, pero tiene que […] repararse según la ocurrencia. Ocúpanse en cada [barca] 33 personas, júntanse [con el] patrón que se mantiene del producto de la pesca, y a quienes el dueño anticipa, para sus urgencias, algunas cantidades en cuyo reintegro siempre sufre alguna pérdida por la muerte o ausencia de algunos. En el sustento de esta gente se gastan cada año 4.500 reales, más o menos, y por el porte de la sardina desde el pescadero al sitio de la venta se da a los jabeques el 10 por 100 de su valor total. Deducidas estas partidas se divide el residuo en tres partes, una para el dueño del armamento y dos, partibles entre el patrón y pescadores, llevando el primero como siete y los demás desde unas cinco partes, según su inteligencia y ministerios. En la hipótesi[s] de que la pesca de la temporada valga 30.000 reales, su distribución se hará así:
Alimentos 4.500
Jabeque 3.000
Dueño 7.500
Patrón y pescadores 15.000
Total 30.000
De este cómputo se infiere que en años escasos debe [de] perder mucho el dueño […] regular […] sobre el supuesto de 100 millares de sardinas:
De 25 fanegas de sal, a fanega por cada 4 millares, y cada fanega a 10 reales, 22 maravedís 266 reales. 6 maravedís.
De conducción desde el barco a la lancha, a razón de 6 reales por millar 600 reales.
Por la pipería, a razón de 30 reales cada pipa de cabida de 20 millares 150 reales.
De flete, a razón de cinco pesos cada pipa de
20 millares 375 reales.
De premio y seguro hasta los puerto[s], a ocho reales, regulado el valor de las cinco pipas en 100 pesos 120 reales.
De derechos de entradas en los puertos, a razón de real y maravedí por millar, almacenaje y comisión 226 reales.
1737 reales. 6 maravedís.
Cuando el cargador no compra en fresco, además de estos derechos, paga alcabala y cientos al arrendador de Ayamonte, lo que está regulado en un 4 por 100 del valor, que es entonces todo el que puede tener , porque lleva ya su beneficio.
En el año pasado, sin contar la sardina vendida para el consumo, produjo nuestra pesca para el tráfico, , 5.349 pipas y una cuarterola, que, a razón de 20 por pipa, hacen millares 107, que un año regular valen otros tantos ducados, a que deben agregarse 20.340 millones que produjo la pesca de Huelva. A esta[s] utilidades deben agregarse las que rentan de la grana o saín, que suelta la sardina al tiempo de prensarla y después se vende a buenos precios, porque para ahorrar el aceite dulce […] en algunos pueblos […] y una cuarterola cuyo [¿valor?] excede en la mitad al de cada pipa de pescado ya beneficiada.
No es fácil reducir a cálculo la utilidad que produce la sardina vendida a granel para el consumo de nuestras ciudades, no sólo por las incertidumbres de los precios, sino también por la de la estación, pues, según es más o menos favorable, se da a la sardina mayor o menor porción de sal, y es la navegación más o menos costosa. Pero puede decirse, en general, que se destina para el consumo en fresco igual porción de sardina que para embarrilar.
En fin, toda esta pesquería, inclusos ambos ramos, forma un objeto de 2.000 pesos de primer valor, y el consumo de sal que en ella se hace se regula en 900 reales.
Para esta pesca y tráfico vinieron el año pasado de Valencia, Cataluña y costa de Granada 72 embarcaciones grandes tripuladas con hombres. Se emplearon con la pesca 42 barcas con otras tantas jabegas, y 64 jabeques grandes y pequeños, servidos las primeras de 1248 y los segundos de 481, y en los varios beneficios de la sardina se ocuparon 507.
Toda esta gente trabajó en La Higuerita. En Huelva se armaron también en el año pasado 11 jabegas y 22 jabeques servidos […] con 428 personas.
De forma que el número […] en nuestra pesca […] 348 […].
Ya hemos dicho que […] se hacía en la costa de Portugal la mayor parte de esta pesquería. Los catalanes dejaban sus embarcaciones en La Higuerita y, pasando a la rada de Monte Gordo en sus faluchos, hacían allí la pesca, y se retiraban a las barracas que tenían en la misma playa, donde daban a la sardina todo el beneficio y, ya embarrilada, la traían a Ayamonte. Allí pagaban sus derechos, consistentes en 16 reales y 26 maravedís por cada 20 millares, sin contar los de saladura, que pagaban en el lugar del consumo, y consistían en el valor total de la sal que hubieran gastado de los Reales Alfolíes, si hubiesen hecho la salación en España. Entonces la pesca de la sardina no era de tanta consideración como en el día.
Como la sardina pescada y beneficiada en nuestra costa no pagaba derechos algunos, los portugueses, y aun nuestros patrones, dieron en introducir nuestra sardina de Portugal como cogida en nuestras costas; y para remediar este abuso se expidió la Real Orden de 21 de mayo de 1771, en que se dispuso que pudiere entrar libremente, y sin derecho alguno, en Ayamonte la sardina cogida en Portugal, con tal que fuese en fresco para salar y beneficiar en España, y lo mismo en cuanto al atún, bajo el único derecho de dos reales vellón , almirantazgo y millón, y que uno y otro pescado así beneficiado pudiere traficarse fuera del reino sin derechos algunos como [en] nuestras pesquerías, según la Orden de 10 de agosto […] pescadores asen […] al precio deja últimamente arreglados.
En cuanto al atún y sardina, que entran salados y beneficiados de Portugal, declara la misma Real Orden que deban pagar por derecho de saladura todo el valor de la sal que debieron consumir con arreglo a una Real Cédula de 9 de septiembre de 1713, cuya observancia no estaba en vigor, con más el 15 por 100 de entrada en los puertos de su consumo, y lo correspondiente a almirantazgo y millón.
El primer efecto de esta providencia fue atraer a Ayamonte en fresco toda la pesca que hacían y compraban los nuestros en Portugal, y el segundo aumentar considerablemente nuestra pesquería con disminución de la de aquel reino. No retardó la Corte de Lisboa el remedio de este mal, que crecía por instantes, y así expidió una Orden en 23 de diciembre de 1772, cargando al pescado que se sacase en fresco de aquel reino un 92 por 100 y además el valor de 21 fanegas de sal al precio de sus alfolíes, por cada millar de sardina. De este modo, ahuyentaron de Monte Gordo a nuestros pescadores, ocupando su lugar los naturales de aquel reino.
El siguiente ejemplo demostrará mejor que nada el efecto de la ordenanza sobre la otra.
Diego de los Reyes, vecino de Ayamonte, pasó a Monte Gordo en 1773 y compró […] de pescado […] en tres […] compra […] 146 pesos y le cobraron [289 reales derechos]:
Por el que llaman de sisa, a 27 por 100 39 reales 3 maravedís
Por el porcentaje, a 60 por 100 87 reales 9 maravedís
Por el de alóndiga (o Aduana) y salad.,
a 32 por 100 162 reales 7 maravedís
Importaron todos los derechos 289 reales 4 maravedís
De manera que ascendió el costo del pescado a 435 pesos y cuatro reales, importando los derechos dos veces más que el principal.
Después franquearon los portugueses de derechos al pescado que saliere salado de su reino, y esta providencia volvió a restaurar aquella pesquería y a atraer a los catalanes y valencianos, no pudiendo competir la nuestra con la suya por el valor de la sal.
Nuestra Corte acudió al remedio, y cargó al pescado salado o salpresado de Portugal el 92 por 100, con más el valor de 50 fanegas de sal a 25 reales cada una, por cada pipa de 42 arrobas de atún o sardina, dejando en lo demás en vigor la Real Orden de 21 de mayo de [17]71.
Esta publicación, hecha a tiempo que nuestros pescadores habían acabado ya su pesca y acopio de sardina en Portugal, dio lugar a varios clamores y recursos, que resolvió la Corte para evitar los presentes perjuicios mandando observar por entonces la Orden de [17]71, y en lo sucesivo la nueva disposición mencionada.
Pero la Corte de Lisboa, para afianzar más bien este importante ramo de comercio, ideó un establecimiento más constante, esto es, una edificación. Sobre la misma orilla del [¿Guadiana?] […], en el […] edificaron mirando a España […] para el peso fresco de la sardina. Entre cada una de estas casas debe mediar una calle que salga a la plaza pública, donde debían edificarse la iglesia, casas de Ayuntamiento, cárcel y cuarteles, las obras públicas, como también un buen muelle a costa de S.M. y las diez casas a la [costa] de seis compañías erigidas para seguir este comercio.
Estas compañías se obligaron también a tener armadas en las estaciones oportunas seis barcas de jábega, con seis jabeques cada una, que todos hacen 108, en barcos tripulados con 1500.
Diose principio a su población en mayo de [17]74 y se ha trabajado en ello con increíble ardor, aunque no nos consta su último estado. Pero este establecimiento debe prosperar así más que por las comodidades referidas, por la del precio de la sal que se vende a los pescadores a 15 reales a cada [¿monto?] (de a 15 fanegas españolas), de forma que les salió a real cada fanega.
La falta de consumo en años abundantes es el único riesgo a que está expuesta aquella pesquería, por haber otras en el reino que abastecen gran parte de él; y si no buscan arbitrios para dar salida a su sardina, podrá muy bien la misma felicidad en la pesca arruinar a los pescadores.
[…] al daño […] e medio […] también con la furtiva introducción por él […] de su sardina, perjudicando también a la Real Hacienda en sus derechos. Las ventajas concedidas a nuestros pescadores por de la Real Cédula expedida en 16 de febrero de [17]75, a saber que toma la sal a diez reales y 22 maravedís fanega libre de impuestos, y fiada por seis meses, y la franquicia de derechos en el cáñamo y alquitrán, que ya desde el año de [17]50 se había concedido a los pescadores gallegos y asturianos, nunca podrán igualarlos a los portugueses, que compran cada fanega de sal a real de vellón, de forma que siempre que moderen sus derechos al pie antiguo, podrán arruinar este ramo del comercio que tanto nos interesa.
La Sociedad tiene a la vista un objeto bien digno de su atención y, por lo mismo, deberá aplicar todo su celo a mejorarle en cuanto sea posible. Desde luego, sería conveniente enseñar a nuestros pescadores el arte de hacer los escabeches en ollas o barriles, que no saben o no practican; para esto, podría tomar la Sociedad las mejores noticias de Asturias y Galicia, averiguando los métodos más fáciles y seguros para comunicar después sus luces a los naturales de esta provincia.
Pero, sobre todo, deberá solicitar en su favor otras ventajas más ense[ñadas?] para que se deba a los in[dividuos] de su cas[o…] el mejor [¿armamen?]to para pesque[rías?].
Advertencia: en la formación de este extracto no ha sido posible observar toda la concisión que se deseaba, porque la importancia del asunto y multitud de observaciones y noticias que contiene, obligó a no omitir nada que pudiese conducir a su perfecta inteligencia. Se ha procurado también dar un nuevo orden a la colocación de dichas observaciones, y con él se ha facilitado la precisión y la claridad necesarias en un extracto.

Referencia: 10-422-01
Página inicio: 422
Datación: 08/02/1776
Página fin: 429
Lugar: Sevilla
Destinatario: Real Sociedad Patriótica de Amigos del País de Sevilla
Manuscritos: Archivo Municipal de Sevilla, Sección XI Fundación Alvargonzález (Gijón), leg. 37, docs. 10 y 11.
Ediciones: ÁLVAREZ-VALDÉS VALDÉS, M., Noticias de Jovellanos y su entorno, Gijón, 2006, págs. 70-79.
Bibliografia: ÁLVAREZ-VALDÉS VALDÉS, M., Jovellanos: enigmas y certezas, Gijón, 2002, págs. 29-31 y 460. —, Noticias de Jovellanos y su entorno,
Estado: publicado