I. Correspondencia sobre el Real Instituto Asturiano. Carta en que muestra su desacuerdo con el regente de la Real Audiencia de Oviedo que pretendía pagar al Instituto en vales real

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(Carta corta.)
Excmo señor:
En 9 de mayo anterior representó a V. E. el director del Real Instituto Asturiano que el regente de la Real Audiencia de Oviedo pretendía pagar en vales reales la dotación que está consignada a aquel establecimiento sobre la renta del hospicio y expuso a V. E. las pérdidas a que este empeño podía dar ocasión.
Con fecha de 20 del mismo se dignó V. E. prevenir al regente de Real Orden que si fuese posible facilitase el pago al Real Instituto en dinero.
Esta resolución no produjo efecto alguno de la cual y de su antecedente me enteró el director a mi vuelta de La Rioja.
Sin embargo, deseoso yo de evitar al Instituto la pérdida que le amenaza, suspendí el cobro del tercio de abril, hasta remover esta dificultad bien fuese por medio de avenencia con el regente o por el de nueva representación de V. E.
El primer medio ha sido sin efecto pues el regente, a pesar de las poderosas razones que le expuse en conferencia y que tuvimos la semana pasada, insiste en continuar sus pagos en vales reales. Es pues preciso ocurrir al segundo, y espero de la justificación de V. E. que no será en vano.
O yo me engaño mucho, o el regente no debió permitir que entrase en las arcas del hospicio un solo vale real. Sus fondos se componen:
1. º De la renta de las malaterías que se cobra en grano.
2. º Los concejos que se cobra en dinero.
3. º De los derechos del aguardiente, que pues se pagan en especie se deben cobrar también en dinero para el Hospicio.
Es verdad que estos derechos están arrendados alzadamente a varios asentistas, pero siendo notorio que ellos cobran en dinero de los consumidores, el regente los pudo y debió obligar a pagar en la misma especie.
El asentista que pueda presentar al hospicio vales reales, después de haber hecho una negociación escandalosa y reprobada: esto es de haber reducido a vales el dinero cobrado en efectivo a nombre del hospicio para ganar en ello un 12 o más por ciento y venir después a echar sobre el hospicio otra tanta pérdida.
Los asentistas alegarán estar mandado admitir los vales en toda especie de pagos, pero también se les puede responder estar reprobadas semejantes negociaciones. Debió por consiguiente el regente negarse a recibir los vales. Los asentistas se quejarían acaso. ¿Pero dónde irían con pagar en dinero efectivo o que en caso de pagar en vales, debe ser de cargo del mismo hospicio y no del Instituto la pérdida que se sufriese en su reducción?
Espero que V. E. se digne resolverlo así mientras ruego a Nuestro Señor guarde la vida de V. E. muchos años.
Gijón, 22 de agosto de 1795
Excmo. señor Gaspar Melchor de Jovellanos.
Excmo. señor bailío Sr. don Antonio Valdés.

Referencia: 14-971-01
Página inicio: 971
Datación: 22/08/1795
Página fin: 972
Lugar: Gijón
Destinatario: Don Antonio Valdés y Bazán, ministro de Marina.
Manuscritos: Archivo Álvaro Bazán, Sec. Arsenales, leg. 1795
Ediciones: ADARO RUIZ-FALCó, L.: Documentos inéditos de Jovellanos relativos al Real Instituto Asturiano, Oviedo, IDEA, 1988
Estado: publicado