Representación a S. M. en solicitud de aumento de dotación para el párroco de la villa de Gijón

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Comienzo de texto: Señor: La justicia y Ayuntamiento de la Villa de Gijón, en el Principado de Asturias, con el más profundo respeto, hace presente a vuestra majestad que,

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Señor: La justicia y Ayuntamiento de la Villa de Gijón, en el Principado de Asturias, con el más profundo respeto, hace presente a vuestra majestad que, hallándose su numerosa población reducida a una sola parroquia, tiene el desconsuelo de ver que el único párroco de quien recibe la asistencia y pasto espiritual carece de la dotación necesaria, no ya para socorrer a los pobres de que abunda, mas aun, para su decente y sobria sustentación.
Que, pasando su vecindario de 1.100 hogares, conteniendo sobre cinco mil almas de comunión, y siendo además muy frecuentado este puerto de forasteros y extranjeros, que suelen venir a él con ocasión de su comercio, sucede que no baste al único párroco para el desempeño de sus funciones el auxilio de dos tenientes que siempre han mantenido, y con quienes, por falta de otra dotación, tiene que repartir los productos del pie de altar.
Que, haciéndolo así, queda el párroco enteramente indotado, pudiendo asegurar la villa a vuestra majestad que su renta se reduce casi a los derechos parroquiales; pues, aunque tira por mitad con el reverendo obispo el diezmo de la parroquia, no teniendo esta villa más término labrantío que algunos cercados hechos de poco acá en sus ejidos, y no habiendo en ella más labradores que unos pocos dedicados a la carretería, y que sólo labran tal cual tierra en los términos de las parroquias vecinas, sucede que el diezmo de granos sea muy escaso, y que la mayor porción de él esté adjudicado a la casa excusada.
Que, componiéndose este vecindario de comerciantes, artesanos y pescadores, el principal ingreso del diezmo es el de la mar; pero que aun éste en su total producto sólo se puede regular de ocho a nueve mil reales, y por consiguiente, la mitad que tira el párroco, de cuatro a cuatro mil quinientos.
Que este producto por su naturaleza es muy contingente, no sólo por la esterilidad del mar, que en algunos años produce muy escasa costera, sino también porque en tiempo de guerra sufre considerable disminución, acudiendo entonces la mayor parte de los pescadores, como sujetos a matrícula, a tripular los buques de la Real Armada, según al presente sucede. Que en estos casos, reducida la pesca a un corto número de lanchas, y tripuladas éstas con algunos viejos, inválidos y muchachos de corta edad, es consiguiente que no puedan a apartarse de la concha del puerto, ni engolfarse para pesquerías más útiles, pero más arriesgadas. Que aun este recurso falta en ocasiones de grandes armamentos, en las cuales, como ha sucedido en la reciente última leva, se llevan a la armada, no sólo los matriculados hábiles, sino también los terrestres y muchachos que alguna vez los habían auxiliado en la pesca. Que por esto ha quedado ésta reducida a un corto número de lanchas, y tanto, que se hizo necesario rebajar a la mitad el arriendo de los quiñones del gremio, a instancia del asentista, y por consiguiente, será igual o mayor la disminución del diezmo del mar. Que igual disminución se experimentará en los derechos parroquiales, así por la mucha gente que se halla ausente en el real servicio, como por la pobreza a que quedan reducidas sus familias, y por la suspensión del comercio y navegación, únicos apoyos de la subsistencia de esta villa.
De todo resulta, Señor, que ni la parroquia puede estar bien servida, ni el párroco dotado como corresponde al decoro de su ministerio, en una población que después de la capital es la más considerable de la provincia, y donde la frecuentación de forasteros y extranjeros requiere mayor decencia, así como una recompensa mayor y más proporcionada a las pensiones del ministerio parroquial, y a la necesidad de multiplicar sus auxiliares.
De aquí es que la villa, mientras no se aumente la dotación de su parroquia, tampoco pueda prometerse que quiera colocarse en su única parroquia ningún eclesiástico del respeto y ciencia que requieren las circunstancias de su población; y sólo puede esperar que aspire a esta colocación algún joven que, mirándola como escala para pasar a otra más pingüe, se acomode por tres años a sufrir la escasez de su dotación y la penalidad de sus funciones, con los inconvenientes que de ello deben resultar necesariamente. Que aunque las prendas relevantes del párroco actual pudieran desmentir este temor, la villa no puede ni debe prometerse en otros la reunión de sabiduría, prudencia y desinterés que ha acreditado el doctor don Nicolás de Sama desde su entrada en esta parroquia, por lo mismo que es tan rara.
En esta situación, Señor, es tanto mayor el desconsuelo de la villa, cuanto menores los medios de ocurrir a la decente congrua de su párroco. Que lo que lleva expuesto acredita bastantemente el corto producto de los diezmos a que se ocurre de ordinario para estas dotaciones; y que, además, no quisiera la villa ver desprendido de la mitra el escaso interés que le corresponde en el de su parroquia, por no privarse del derecho más especial que le da a la caridad de sus prelados; los cuales, en el socorro de las necesidades de esta población, distribuyen mucho mayores cantidades de las que perciben a título de diezmo, como así lo hace el actual reverendo obispo, y como es de esperar de sus sucesores, si privándolos de esta pequeña porción de diezmo, no se divierte su caridad hacia las necesidades de otros pueblos que les contribuyen mayores sumas.
Por tanto, Señor, la villa, librando toda la esperanza de su remedio en la augusta piedad de vuestra majestad, y llena de la más justa confianza en la acreditada y compasiva beneficencia de su real corazón, elevará a su suprema atención los únicos medios que cree oportunos para dotar competentemente a su párroco.
Primero, que pues hay en esta villa y en su iglesia un fondo llamado de ánimas, cuya renta anual, aunque gravada con diferentes cargas y sufragios, pasa de seiscientos ducados, se digne vuestra majestad encargar al reverendo obispo de Oviedo, que en uso de sus facultades aplique para dotación y congrua del párroco de esta villa la parte de dicho fondo que estime conveniente, reduciendo a este fin sus cargas, hasta el punto en que puedan buenamente ser cumplidas por dicho párroco y sus tenientes. Segundo, que pues el valor de los frutos de la casa excusada perteneciente a vuestra majestad no llega a cincuenta ducados, pues que corre en el día arrendada en 516 reales vellón, se digne vuestra majestad, por un efecto de su real munificencia, aplicar íntegramente este producto al párroco para más aumento de dotación. Tercero, que pues estos dos medios no alcanzarán todavía a completar la dotación a que la muchedumbre de feligreses, la necesidad de mantener dos o tres tenientes y la decencia correspondiente a las circunstancias del pueblo hacen acreedor a su párroco, se digne vuestra majestad mandar que, del fondo de la décima de las prebendas eclesiásticas, se aplique para la dotación del curato de esta villa la parte que fuere necesaria a juicio del reverendo obispo. Cuarto, que si estos medios o alguno de ellos no mereciesen su real aprobación, se digne vuestra majestad señalar el arbitrio que estimare más oportuno, aunque sea cargado sobre sus vecinos, pues la villa reconoce de buena fe la obligación en que está de mantener su pastor, y el gran interés que tiene en que esté tan bien dotado como requieren el decoro de su ministerio y las circunstancias de la población.
Así lo espera la villa, de la piedad y justificación de vuestra majestad, cuya augusta persona e importante vida pide al Altísimo conserve muchos años, etc.
Mayo 29 de 1799

Referencia: 09-251-01
Página inicio: 251
Datación: 29/05/1799
Página fin: 255
Estado: publicado