El Reglamento Europeo sobre sucesiones y testamentos: breves reflexiones (y algunas digresiones) desde una perspectiva española
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Cómo citar

Tomás Ortiz de la Torre, J. A. (2014). El Reglamento Europeo sobre sucesiones y testamentos: breves reflexiones (y algunas digresiones) desde una perspectiva española. Revista Jurídica De Asturias, (37). Recuperado a partir de https://reunido.uniovi.es/index.php/RJA/article/view/10349

Resumen

En este artículo el autor no pretende presentar un comentario exhaustivo como tal, sino formular únicamente unas reflexiones sobre los aspectos más destacables del texto del Reglamento (UE) número 650/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, partiendo de sus antecedentes, que será aplicable en España a partir del 17 de agosto de 2015, y con cuyo motivo quedarán modificadas ciertas reglas de fuente interna española que hasta ahora vienen regulando la competencia judicial internacional en materia de sucesiones, así como la regla conflictual del artículo 9.8 del Código civil, en su versión de 1974, que con el Reglamento verá introducida la regla de conflicto con la problemática «cláusula de excepción». Estas modificaciones, desde la perspectiva española, no son las únicas incidencias a tener en consideración, pues también el Reglamento referido afecta a determinados problemas de Derecho internacional privado como son la calificación, el reenvío, el orden público internacional, o la aplicación de la ley extranjera, todo lo cual constituye la motivación de las reflexiones que contiene el artículo. También la estructura normativa de la eficacia en España de decisiones en materia sucesoria dictadas en otro Estado miembro de la Unión Europeo, sugiere determinadas consideraciones. En resumen, se presenta una panorámica global de la nueva normativa que se incorporará al ordenamiento jurídico español en tanto que España, como miembro de la Unión Europea, participa en esa tendencia de unificación o uniformidad del Derecho comunitario, que ya en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea se contempla, en su artículo 100, como una aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros.

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