Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.
Descripción
Esta beca general, convocada por el Ministerio de Educación (Secretaría de Estado de Educación), está destinada a quienes cursen estudios universitarios de grado o máster oficial durante el correspondiente curso académico. Se trata de una ayuda económica que pretende compensar los gastos derivados de los estudios, a fin de garantizar que ningún estudiante que cumpla los requisitos se vea privado de proseguir su formación universitaria por razones económicas.
Objeto de la ayuda:
Cubrir total o parcialmente los costes de matrícula en la universidad (siempre en primera matrícula).
Aportar cuantías económicas de carácter fijo (por residencia, renta familiar o excelencia académica) y/o una cuantía variable que depende de la nota media del expediente y de la renta familiar.
Facilitar el acceso a un abanico más amplio de estudiantes, suavizando los requisitos económicos y dando cobertura también a determinados perfiles (estudiantes con discapacidad, residentes en territorios insulares, etc.).
Cuantías aproximadas (según la convocatoria original para el correspondiente curso académico):
Beca de matrícula (la exención del pago de los créditos matriculados por primera vez).
Cuantía fija ligada a la renta (1.700 € aproximadamente, si se cumplen determinados umbrales de renta).
Cuantía fija ligada a la residencia (2.700 € aproximadamente, si el estudiante acredita residir fuera del domicilio familiar durante todo el curso).
Cuantía fija ligada a la excelencia académica (entre 50 y 125 €, dependiendo de la nota media obtenida).
Beca básica (300 € en estudios no universitarios, no aplicable en grado/máster salvo casos particulares de titulaciones previas; para universitarios la parte básica no se contempla como tal porque su equivalente es la beca de matrícula).
Cuantía variable, calculada individualmente en función de la nota media y la renta per cápita. Incluye un importe mínimo (60 €), y a partir de ahí se determina un importe adicional con la fórmula descrita en la convocatoria.
Nota: La beca puede componerse de varios de estos componentes a la vez (por ejemplo, beca de matrícula + cuantía fija ligada a la residencia + cuantía variable).
¿Quién lo puede solicitar?
Podrá solicitar esta ayuda el estudiantado que cumpla los requisitos indicados y se matricule en alguno de los siguientes estudios oficiales dentro del sistema universitario español:
Estudios de grado: títulos oficiales de grado impartidos por universidades españolas (incluida la Universidad de Oviedo).
Estudios de máster universitario: títulos oficiales de máster. Se incluyen todos aquellos másteres habilitantes y no habilitantes, siempre que estén regulados conforme a la normativa oficial.
Exclusión: no se conceden becas de esta convocatoria para doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Fechas
- Fecha de inicio: 24 de marzo a las 8:00.
- Fecha de fin: 30 de mayo a las 15:00.
Es imprescindible presentar la solicitud dentro de ese plazo aunque la persona no haya formalizado todavía su matrícula en la Universidad de Oviedo.
Requisitos
La convocatoria oficial desgrana requisitos de tres tipos: generales, económicos y académicos. A continuación se describen en detalle, teniendo presente la casuística habitual de la Universidad de Oviedo.
3.1. Requisitos generales
Nacionalidad o residencia:
Ser español o tener la nacionalidad de un Estado miembro de la UE.
En caso de estudiantes con otra nacionalidad, se requiere residencia legal en España (o estatuto de refugiado o protección subsidiaria) en los términos que fije la normativa.
No disponer de título oficial de igual o superior nivel al de los estudios para los que se solicita la beca (por ejemplo, si ya se tiene un grado, no se puede pedir beca para otro grado, con las excepciones recogidas sobre la posible obtención de máster, etc.).
Matricularse en estudios oficiales de grado o máster en el correspondiente curso académico.
En la Universidad de Oviedo, la matrícula deberá estar formalizada dentro de los plazos indicados por la propia universidad.
- Otras condiciones:
No haber recibido una beca de esta misma convocatoria para el mismo nivel de estudios en cursos previos que conllevasen, por ejemplo, la obtención de otro título oficial del mismo nivel.
No superar los años de beca asignables (limitación de número de años de disfrute, explicada más abajo en el apartado de “Duración de la condición de becario”).
3.2. Requisitos económicos
Para tener derecho a la beca, la renta familiar y el patrimonio (inmuebles, capital mobiliario, actividades económicas, etc.) no pueden superar los umbrales establecidos en la Resolución. Se definen varios niveles (umbral 1, umbral 2, umbral 3) que condicionan el tipo de ayuda que se puede recibir.
Umbral 1: se concede la cuantía fija ligada a la renta.
Umbral 2: se concede la cuantía variable y la ligada a la residencia (si se cumplen los requisitos de residir fuera del domicilio familiar).
Umbral 3: se concede la beca de matrícula y la cuantía ligada a la excelencia.
El Ministerio de Educación (en coordinación con la Agencia Tributaria, etc.) verificará los datos de renta y patrimonio. Si se supera cualquier límite, se deniega la beca. En caso de que exista un cambio repentino (por fallecimiento del sustentador principal, desempleo, etc.), puede solicitarse la revisión de la situación, siempre que se cumplan las condiciones específicas de la convocatoria.
3.3. Requisitos académicos
Es el apartado más complejo, pues varía según:
El curso (primero vs. cursos posteriores).
El tipo de estudio (grado vs. máster).
El régimen de matrícula (completa o parcial).
a) Para Grado:
Primer curso:
Haber obtenido una nota de acceso a la universidad >= 5,00.
Se calcula con la fórmula oficial (0,6 × NMB + 0,4 × PAU, en el caso de la EBAU, o nota de la prueba específica en otras vías de acceso).
Segundos y posteriores cursos:
Aprobar un porcentaje mínimo de los créditos matriculados el curso anterior, que oscila entre el 65 % y el 90 %, según la rama de conocimiento:
Ingeniería/Arquitectura y Ciencias: 65 %.
Ciencias de la Salud: 80 %.
Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas: 90 %.
Si se cursa “matrícula parcial”, se aplican criterios específicos; habitualmente, se exige haber aprobado todos los créditos matriculados el curso anterior para optar a determinadas cuantías.
Duración de la condición de becario:
El estudiantado de Ingeniería/Arquitectura podrá ser becario hasta dos años más de la duración oficial del plan de estudios.
Las demás ramas, hasta un año más.
El último año adicional se percibe con cuantías reducidas (generalmente, se concede la beca de matrícula y/o parte de las cuantías fijas en un 50 %).
También hay limitaciones si se produce un cambio de estudios cursados con beca en años anteriores.
Especial mención: si el estudiante se matricula de menos de 60 créditos (entre 30 y 59), se considera matrícula parcial y las ayudas se reducen (normalmente se obtiene beca de matrícula y cuantía variable mínima).
b) Para Máster:
Primer curso de máster:
Se exige una nota media de >= 5,00 en la titulación que da acceso al máster.
En el caso de estudios técnicos, se aplica un coeficiente corrector (1,17) a la nota.
Segundo curso de máster:
Se exige haber superado todos los créditos de primer curso y mantener una nota >= 5,00.
Matrícula mínima:
Se considera matrícula completa: 60 créditos.
Matrícula parcial: de 30 a 59 créditos (solo daría derecho a parte de los componentes; normalmente, beca de matrícula y cuantía variable mínima).
Número de años con beca:
Se limita a los cursos oficiales de duración del máster. Si el máster es de 60 ECTS (1 año) o 90/120 ECTS (1,5 o 2 años), el disfrute de beca está acotado a esa duración, con la posibilidad de un año extra si se cursa en modalidad parcialmente presencial o si el estudiante tiene circunstancias justificadas.
c) Supuestos específicos:
Discapacidad: el estudiantado con discapacidad >= 65 % puede reducir la carga lectiva y aun así obtener las cuantías completas, siempre que se cumplan los requisitos detallados (o incrementos de un 50 % de la cuantía si se matriculan en todos los créditos).
Dobles titulaciones: se aplican criterios particulares sobre el cómputo de créditos (se exige matricularse de todos los créditos del curso completo de esa doble titulación).
Cambio de estudios: si un estudiante cambia de estudios y ya disfrutó de beca en los anteriores, hay restricciones; puede que se exija matricular créditos adicionales a los cursados con beca previamente, etc.
¿Quién tramita y resuelve?
Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de Becas.
- Teléfono: 985 10 41 06
- Correo: ubecas@uniovi.es
Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión
El criterio fundamental es cumplir todos los requisitos (generales, económicos y académicos). No se compite por nota en un ranking restringido; sino que, si se cumplen los requisitos, se concede la beca con los componentes correspondientes.
FASE DE SOLICITUD
Se presenta la solicitud vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio, dentro del plazo oficial.
Es muy importante presentar la solicitud dentro del plazo que se establezca para el correspondiente curso académico, aunque la matrícula o la admisión definitiva se realice más tarde en la Universidad de Oviedo.
FASE DE VERIFICACIÓN
El Ministerio de Educación recaba la información sobre la renta y patrimonio familiar de la Agencia Tributaria.
La Universidad de Oviedo, a través de su Comisión de Selección, comprueba los requisitos académicos (nota de acceso, créditos superados, número de créditos matriculados, etc.).
De existir defectos o documentación faltante, se requiere al estudiante su subsanación.
RESOLUCIÓN
Se emite una resolución provisional, contra la cual se pueden presentar alegaciones.
Finalmente, se dicta la resolución definitiva con las cuantías asignadas (o la denegación si no se cumplen los requisitos).
El abono de las cuantías al estudiante se realiza normalmente por transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
La parte de la beca de matrícula no se ingresa al estudiante, sino que se compensa directamente a la Universidad de Oviedo en concepto de exención del pago de los créditos.
CUANTÍA VARIABLE
Se calcula con una fórmula que combina la nota media del expediente y la renta familiar per cápita.
Se puede percibir una cuantía variable mínima (60 €) y luego un importe adicional, en uno o más pagos posteriores.
Documentación
Solicitud telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Autorizaciones para que la Administración verifique los datos de renta, identidad, etc.
En caso de reclamar independencia familiar (vivir de forma independiente), acreditar medios económicos y titularidad o alquiler de la vivienda.
Si se alega discapacidad, familia numerosa, víctima de violencia de género, etc., presentar la documentación oficial que acredite esa condición (muchas veces en anexos de la convocatoria o en documentos complementarios).
La Universidad puede pedir, si fuese necesario, acreditaciones adicionales (notas, justificantes de matrícula, etc.), aunque en la mayoría de los casos se consulta directamente en los sistemas informáticos internos.
Comisión de Valoración
Responsable estatal: Secretaría de Estado de Educación (Ministerio de Educación).
En el seno de la Universidad de Oviedo:
El Vicerrectorado con competencia en estudiantes (Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad) es el encargado de gestionar y coordinar la tramitación interna de las becas, en colaboración con la Gerencia y la Comisión de Selección.
En última instancia, la resolución de la convocatoria la firma la Secretaría de Estado de Educación, pero la tramitación y consultas se canalizan a través de la Sección de Becas de la Universidad de Oviedo.
Para la verificación, control y propuestas de concesión/denegación de las becas, la convocatoria prevé la constitución de órganos colegiados de selección en cada universidad. En la Universidad de Oviedo, esta comisión incluye:
Presidencia: Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad.
Vocales:
Un mínimo de tres profesores.
Un representante de la Comunidad Autónoma.
Tres representantes del estudiantado de la Universidad de Oviedo (elegidos a través de sus órganos de representación). Uno de ellos es el Presidente del Consejo de Estudiantes.
Hasta tres personas adicionales cuya presencia se estime necesaria.
Secretaría: La jefatura de la Unidad de Becas.
Estudiantes de la Universidad de Oviedo que deseen contactar con los representantes estudiantiles en la Comisión, pueden hacerlo a través de: cestudiantes@uniovi.es
Este órgano se encarga de elevar al Ministerio la relación de propuestas de concesión o denegación (o posibles incidencias) de las solicitudes que gestiona.
OTRAS CUESTIONES IMPORTANTES A TENER EN CUENTA
Cambio de titulación en primer curso y requisitos académicos
Tal y como se ha mencionado, si abandonas un primer curso para iniciar otra titulación sin haber anulado la matrícula, los requisitos académicos de la beca en la siguiente convocatoria se basarán en los estudios que has dejado.
Esto significa que el porcentaje de créditos a superar y la nota media exigible se verificarán en la titulación antigua. En la práctica, si no cumples lo exigido en la carrera que dejas, no podrás obtener beca en la nueva.
Anular la matrícula supone un procedimiento formal que se tramita siguiendo las normas de la Universidad de Oviedo. Hay que asegurarse de hacerlo dentro de los plazos y con la documentación requerida.
Porcentaje mínimo de créditos aprobados y consecuencias de no llegar
Como regla general, si no superas el 50 % de los créditos matriculados (o 40 % en Ciencias e Ingeniería, según la convocatoria), tendrás que devolver la beca. Esto incluye todo lo percibido (componentes fijos, variable, etc.).
Es muy habitual pensar que, si se superan justo esos porcentajes, se conserva la beca. Sin embargo, hay que confirmar bien cuál es la rama de conocimiento de tu titulación y cuántos créditos exactos se incluyen en la matrícula.
Si, por ejemplo, reconoces créditos a mitad de curso, y la matrícula final queda por debajo de 60 créditos (o del número mínimo que exija tu plan de estudios para la beca completa), el órgano competente puede exigir la devolución parcial o total.
Anulación de asignaturas, convalidaciones y reconocimiento de créditos
Cada vez que anulas asignaturas o reconoces (convalidas) créditos, modificas la carga que realmente cursas.
De cara a la beca, lo importante es el número de créditos efectivos de primera matrícula en los que finalmente te has quedado inscrito.
Si el proceso de reconocimiento te deja con menos créditos de los necesarios para ser considerado “matrícula completa” (habitualmente 60) o “matrícula parcial” (30-59 créditos), la cuantía de la beca puede alterarse o incluso puede obligarte a devolverla.
Movilidad internacional (Erasmus o convenios)
Para seguir recibiendo las ayudas como si cursaras tus estudios en la Universidad de Oviedo, necesitas garantizar que se reconocen 60 créditos (u otro mínimo según se indique) o la equivalencia de tu carga docente en la universidad de destino.
Es fundamental que las asignaturas que cursas en el extranjero se reflejen a tiempo en tu expediente en Uniovi.
Si surgen cambios en el plan de estudios (por ejemplo, en el Learning Agreement), debes comunicarlos de forma oficial a la Universidad de Oviedo, para que no consten asignaturas vacías o sin equivalencia en tu matrícula.
En caso de que no aparezcan esos 60 créditos reconocidos (o el mínimo que corresponda) al cerrar el curso, la universidad o el Ministerio podría exigir la devolución de parte o toda la beca.
Repetir asignaturas y años de beca disponibles
Recuerda que la convocatoria limita el número de años que puedes disfrutar de beca para un mismo grado o máster (uno o dos años más respecto a la duración oficial, según la rama).
Cada vez que repites asignaturas, cuenta como que avanzas un año más en el cómputo de la titulación.
Al final de esos años de gracia, si no has finalizado la titulación, aunque te matricules, no tendrás derecho a la beca.
Cambio de régimen de matrícula (completa vs. parcial)
Si inicias el curso con matrícula completa (60 créditos o más) y luego, por cualquier motivo, anulas asignaturas, podrías quedar en régimen de matrícula parcial. Esto afecta al importe de la beca, pudiendo reducirse o quedar sin efecto en algunos componentes (residencia, cuantía fija, etc.).
Antes de proceder con anulaciones, conviene consultar con la Unidad de Becas: cada crédito que se quite incide en el porcentaje exigido de aprobados.
Estudiantes con discapacidad
La normativa reconoce particularidades si cuentas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%: puedes reducir la carga lectiva y mantener, en esencia, las cuantías de la beca, siempre que formalices correctamente esa matrícula reducida y acredites la discapacidad.
También hay incrementos de cuantía si te matriculas de todos los créditos disponibles en tu plan (hasta un 50 % más en la cuantía de la parte fija).
Sin embargo, es esencial que el grado de discapacidad conste debidamente en la universidad y en la solicitud de beca.
Devolución total o parcial de la beca (reintegro)
El reintegro no siempre es de la totalidad: a veces puede ser parcial, por ejemplo, si cumples solo parte de los requisitos. Pero con frecuencia, si se considera que has incumplido la base académica mínima, exigirán la devolución completa.
Pueden pasar varios meses desde la finalización del curso hasta que te notifiquen la obligación de reintegro. Es importante mantener tus datos de contacto actualizados.
Fechas y plazos (alerta de calendario)
El procedimiento de alegaciones, los plazos de matrícula, los plazos para anulación de asignaturas, etc., varían cada curso. No confíes en que “siempre es igual” porque puede haber novedades de un curso a otro.
Lee cuidadosamente la convocatoria oficial publicada cada año y las normas de matrícula de la Universidad de Oviedo para saber las fechas límite.
Normativa
En la propia convocatoria se citan diversas normas. Para el ámbito de la Universidad de Oviedo, se destacan las siguientes (en formato de viñetas):
Ley Orgánica del Sistema Universitario (texto vigente).
Ley Orgánica de Educación (texto consolidado).
Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento (RD 887/2006).
Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Real Decreto que fije los umbrales de renta y patrimonio para el correspondiente curso académico (en el documento examinado aparece referenciado el RD 163/2025; cada año se publica el que corresponda).
Orden ECI/1815/2005 (bases reguladoras de la concesión de becas).
Reglamentos y normativa interna de la Universidad de Oviedo sobre matrícula, reconocimiento de créditos, convocatorias de exámenes y permanencia, siempre que no contravengan la normativa estatal básica.
Realizar la solicitud
De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: