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Política universitaria

Junta Electoral Central

La Junta Electoral Central es el órgano superior de garantía de la Universidad de Oviedo en materia de procesos electorales. Se renueva cada dos años por sorteo en el Claustro y actúa con independencia para asegurar que las elecciones a los distintos órganos de gobierno y de representación se desarrollen con todas las garantías jurídicas, de transparencia y de igualdad de trato. Preside sus sesiones un docente funcionario doctor de un área jurídica, designado por el Consejo de Gobierno, y el secretario general de la Universidad forma parte de la Junta como responsable de ejecutar sus acuerdos.

Edificio Histórico de la Universidad de Oviedo

Qué es la Junta Electoral Central

La Junta Electoral Central es el órgano que garantiza, a nivel universitario, la correcta organización y supervisión de los procesos electorales de carácter general: Rectorado, Claustro, y otros órganos de gobierno y de garantía previstos en los Estatutos.

Su función no es solo técnica, sino también de garantía de derechos electorales: vela por que el censo sea correcto, las convocatorias se ajusten a la normativa y las votaciones transcurran con todas las garantías para el conjunto de la comunidad universitaria.

  • Órgano universitario superior en materia electoral y censal.
  • Actúa con independencia para asegurar la igualdad, transparencia y seguridad jurídica en los procesos electorales.
  • Presidida por un docente funcionario doctor de un área jurídica, designado por el Consejo de Gobierno.
  • El secretario general de la Universidad participa como miembro nato y ejecuta sus acuerdos.

Funciones principales de la Junta Electoral Central

De acuerdo con los Estatutos de la Universidad de Oviedo, la Junta Electoral Central asume un conjunto amplio de competencias que abarcan desde la convocatoria y gestión de los procesos electorales hasta la resolución de reclamaciones y recursos.

  • Organizar los procesos electorales de los órganos de gobierno y de garantía de ámbito general de la Universidad.
  • Dirigir y supervisar la elaboración del censo electoral general, así como sus actualizaciones y rectificaciones.
  • Resolver las incidencias, quejas, reclamaciones y recursos relativos a actos electorales, incluidos los relativos a la formación y rectificación del censo, conforme a la reglamentación electoral.
  • Resolver las consultas que le eleven las Juntas Electorales de Centros, Departamentos e Institutos y dictar instrucciones a las mismas en materias de su competencia.
  • Ejercer la jurisdicción disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales y censales, corrigiendo y sancionando las infracciones que se produzcan, de acuerdo con la normativa que dicte el Consejo de Gobierno cuando la ley establezca la regulación básica.
  • Proclamar la lista de candidaturas a Rector o Rectora y al Claustro, así como los resultados definitivos de tales elecciones y las personas electas.
  • Desarrollar cualesquiera otras funciones que le encomienden los Estatutos y las disposiciones en materia electoral o censal que resulten de aplicación.

Composición y representación estudiantil

Los Estatutos de la Universidad de Oviedo determinan una composición plural y representativa para la Junta Electoral Central, en la que están presentes todos los sectores de la comunidad universitaria.

  • Dos miembros del profesorado doctor con vinculación permanente a la Universidad.
  • Un miembro del resto del personal docente e investigador.
  • Un estudiante, que garantiza la presencia de la voz del estudiantado en las decisiones electorales.
  • Un miembro del personal de administración y servicios de la Universidad.

La designación de estas personas se realiza por sorteo en el Claustro, con arreglo a los criterios fijados en los Estatutos y la normativa electoral. Esta fórmula refuerza la imparcialidad y la independencia del órgano, evitando candidaturas de parte y asegurando una composición equilibrada.

La participación estudiantil en la Junta Electoral Central es clave para garantizar que los procesos electorales tienen en cuenta los derechos y necesidades del alumnado, especialmente en elecciones al Claustro, a las Juntas de Centro y al propio Rectorado.

Representación estudiantil

La Junta Electoral Central cuenta con una vocalía en representación del estudiantado, elegida por sorteo entre quienes forman parte del Claustro. Ante dudas sobre censos, reclamaciones o procesos electorales, puedes dirigirte a la representación estudiantil o al Consejo de Estudiantes para recibir orientación.