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Ayudas de matrícula de Máster · Ayuntamiento de Gijón/Xixón (2025/2026) · Guía del Consejo de Estudiantes

Ayudas de matrícula de Máster (2025/2026) — Ayuntamiento de Gijón/Xixón

1 Descripción de la ayuda

Convocatoria de ayudas de matrícula para estudiantes de Máster Universitario (curso 2025/2026) de la Universidad de Oviedo, financiadas por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y gestionadas por el Vicerrectorado de Estudios y Docencia. Las ayudas cubren parcialmente las tasas de matrícula y se adjudican en régimen de concurrencia competitiva con tramitación de urgencia.

Cuantía

  • Máximo por estudiante: 1.310,40 € (sin superar el importe de la matrícula).
  • Crédito total: 76.000 €.
  • IRPF: exentas de tributación (art. 7.j LIRPF).

Solicitudes y resolución

  • desde el 30 de octubre hasta el 12 de noviembre.
  • Presentación: sede electrónica UniOvi.

Prevalece siempre la convocatoria oficial y sus anexos.

2 Colectivo solicitante

Estudiantes de máster en el Campus de Gijón

  • Matriculados en 2025/2026 en másteres del Campus de Gijón (Erasmus Mundus y másteres oficiales indicados en la convocatoria, p. ej., Ingeniería Mecatrónica, Transporte Sostenible y Sistemas Eléctricos de Potencia, Ingeniería Informática, Ingeniería Industrial, Tecnologías Marinas, Náutica y Gestión del Transporte Marítimo, Ciencias Actuariales y Financieras, etc.).
  • Incluye “cualquier otro máster universitario” que se imparta y se curse en el Campus de Gijón.

Estudiantes empadronados en Gijón/Xixón

  • Matriculados en 2025/2026 en un máster en cualquier campus de la Universidad de Oviedo, con empadronamiento en Gijón/Xixón a 1 de enero de 2025.

3 Requisitos e incompatibilidades

Requisitos generales
  • Matrícula en 2025/2026 en un máster elegible (véase apartado 2).
  • Empadronamiento en Gijón/Xixón a 01/01/2025 (sólo para el grupo de “otros campus”).
  • No estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Incompatibilidades
  • Incompatible con becas del Ministerio (MEFPD/MCIU) y cualquier otra ayuda pública o privada con la misma finalidad.
  • Debe comunicarse la obtención o solicitud de otras ayudas en cualquier momento del procedimiento.
Renuncia y reintegro
  • La renuncia o interrupción supone la obligación de devolver la ayuda.
  • Procede reintegro total o parcial en los supuestos previstos en la LGS (falseamiento, incumplimiento de objetivos/justificación, etc.).

4 Criterios de adjudicación y procedimiento

Orden de preferencia

  • 1.º Personas matriculadas en el Campus de Gijón.
  • 2.º Personas empadronadas en Gijón/Xixón que cursan máster en otros campus de UniOvi.

Baremo (100 puntos)

  • A) Expediente (hasta 50):
    • Media de la titulación de acceso (base 10): hasta 40.
    • Nuevo ingreso: +5.
    • Dedicación a tiempo completo: +5.
  • B) Socioeconómico (hasta 50): según umbrales de renta del RD 163/2025.
Esquema del procedimiento: revisión, listas y subsanación, valoración de comisión, propuesta y resolución
Procedimiento (esquema orientativo).
Umbrales de renta y puntos (referencia RD 163/2025)
Los puntos de B) se asignan según el umbral alcanzado (50/35/20 puntos).
Miembros Umbral 1
(50 pts)
Umbral 2
(35 pts)
Umbral 3
(20 pts)
18.84313.89814.818
213.26423.72425.293
317.68532.20134.332
422.10738.24240.773
525.64442.74345.572
629.18146.14249.196
732.71849.50352.780
836.25552.85056.348
+1+3.536+3.340+3.561

Los importes y condiciones se aplican conforme a la convocatoria y normativa vigente.

Listas, subsanaciones y resolución
  • Listado provisional de admitidos/excluidos y subsanación en 5 días hábiles.
  • Propuesta provisional con puntuaciones → alegaciones (5 días hábiles) → resolución y publicación.

5 Organismo responsable

Vicerrectorado de Estudios y Docencia (Universidad de Oviedo): instrucción, tramitación y resolución. Financiación aportada por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón en el marco del convenio plurianual 2023–2026.

6 Comisión de valoración

Composición
  • Presidencia: Vicerrector/a de Estudios y Docencia (o delegación).
  • Vocalías: Dirección de Área de Titulaciones; 1 representante del Ayuntamiento de Gijón/Xixón; 2 PDI miembros del Consejo de Gobierno; 2 estudiantes miembros del Consejo de Gobierno.
  • Secretaría: Jefatura de Servicio de Postgrado (o sustitución).

La actuación se ajusta a los Estatutos de la Universidad de Oviedo (Decreto 77/2024, Título III, Cap. IX).

7 Plazos de solicitud y documentación

Plazo de solicitud

  • desde el 30 de octubre hasta el 12 de noviembre.

Presentación

  • Telemática por la sede de UniOvi (Presentar Solicitudes). Acceso con credenciales UniOvi o firma.
Documentación a presentar (copias digitales)

Común

  • Solicitud (Anexo I).
  • DNI en vigor.
  • Detalle de liquidación de matrícula 2025/2026.
  • Certificación académica (media base 10). Si estudios de acceso extranjeros: equivalencia de notas del Ministerio.
  • Impreso de terceros/IBAN (Anexo III).
  • Declaración responsable de obligaciones tributarias/SS y art. 13 LGS (Anexo IV).

Según grupo

  • Otros campus: certificado de padrón de Gijón/Xixón a 01/01/2025 (con composición familiar si procede).

Para baremo B) socioeconómico

  • IRPF 2024 de todos los miembros computables o certificación AEAT.
  • Padrón con personas convivientes.
  • En independencia familiar/económica: título/contrato de vivienda, IRPF 2024 o certificados de imputaciones.
  • Si prestaciones/pensiones: resoluciones o certificados (SEPE, Seguridad Social, Principado, etc.).
  • Para estudiantado extranjero: acreditar miembros e ingresos de la unidad familiar (se admiten importes en moneda de origen; cálculo en euros al tipo oficial del 1.º día hábil de 2025).
Abono y justificación: el pago se realiza por transferencia a la cuenta del Anexo III. La justificación consiste en la constancia de matrícula en 2025/2026 en un máster elegible y el cumplimiento de obligaciones del art. 14 LGS.

8 Normativa de aplicación

  • Ley 38/2003, General de Subvenciones, y RD 887/2006 (Reglamento).
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico.
  • Decreto 71/1992, del Principado de Asturias (Régimen General de Subvenciones) y normativa autonómica.
  • Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (19/01/2022; BOPA 31/01/2022).
  • Estatutos UniOvi (Decreto 77/2024, de 5 de diciembre; BOPA 26/12/2024).
  • RD 163/2025, de 4 de marzo (umbrales y cuantías de becas 2025/2026) — referencia para el baremo socioeconómico.
  • Bases reguladoras: Resolución de 30/07/2025 (BOPA 12/08/2025).
  • Convocatoria 2025/2026 y Anexos publicados (BDNS).
Consejo de Estudiantes · Guía informativa (prevalece la convocatoria oficial)