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Becas de colaboración para Servicios Informáticos · Guía del Consejo de Estudiantes

Becas de colaboración para Servicios Informáticos — Guía práctica

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

1 Descripción

  • Objeto: facilitar que el estudiantado colabore (máx. 20 h/semana, de lunes a viernes) en tareas de soporte técnico–docente en aulas y laboratorios informáticos, bajo la tutela de personal de la Universidad. Entre las funciones habituales se incluyen la instalación y clonación de equipos, mantenimiento de software/hardware, gestión de impresoras, inventario TIC y, en su caso, apoyo a la web del centro.
  • Número de becas: el cupo total y su reparto por campus se fijan en cada convocatoria (ejemplo orientativo: 73 plazas distribuidas entre los campus de Oviedo, Gijón y Mieres).
  • Duración: desde la fecha de nombramiento hasta el 31 de julio del curso académico correspondiente, sin exceder de 12 meses.
  • Cuantía: ayuda formativa de ≈ 350 € brutos mensuales, sujeta a retenciones fiscales y cotización a la Seguridad Social; se abona por transferencia bancaria mensualmente, previa justificación de la actividad.
  • Régimen jurídico: no genera relación laboral; es una subvención formativa en concurrencia competitiva.

2 ¿Quién lo puede solicitar?

Pueden presentar solicitud las/los estudiantes de la Universidad de Oviedo que, en el curso académico de la convocatoria:

Nivel de estudios admitido

Nivel de estudios admitidoDetalle literal de la convocatoria
GradoMatrícula oficial en cualquier titulación de Grado.
Máster universitarioMatrícula oficial en cualquier Máster universitario.

Notas importantes

No está abierta a doctorado ni a títulos propios. Se reservan plazas para personas con discapacidad, que deberán aportar el certificado correspondiente.

3 Fechas

  • Fecha de inicio: 11-07-2024 00:00
  • Fecha de fin: 25-07-2024 23:59

En los plazos establecidos en la convocatoria, estas son las distintas etapas de la convocatoria:

Línea temporal del procedimiento
Cronograma orientativo del proceso.

4 Requisitos

  • Matrícula: haber estado matriculado/a el curso anterior y formalizar matrícula en estudios oficiales de Grado/Máster para el curso vigente (no se admiten matrículas condicionales).
  • Créditos superados: al menos 60 ECTS aprobados (exentos los de Máster).
  • No poseer –ni estar en disposición de obtener– un título oficial de Grado o Máster salvo que sea requisito para continuar estudios oficiales.
  • Límite de disfrute: no haber sido becario/a de colaboración en dos o más convocatorias anteriores.
  • Compatibilidad: incompatibilidad con otras becas para la misma finalidad o con actividad laboral; excepción → becas generales del Ministerio y ayudas propias al estudio.
  • Mantenimiento de requisitos durante todo el periodo de disfrute (la pérdida de condición de estudiante implica la revocación).

5 ¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.

6 Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

Criterio Puntuación máx. Explicación didáctica
Expediente académico 10 p Media en base 10 con tres decimales; para Máster se toma la nota de la titulación de acceso.
Experiencia previa como becario/a 5 p 0,333 p por mes hasta 12 meses (curso completo).
Estudios TIC avanzados (Informática, Telecomunicaciones, Ciencia de Datos, etc.) 10 p Listado detallado de Grados y Másteres en la convocatoria.
Otros estudios STEM relacionados 5 p Segundo listado de titulaciones (Física, Matemáticas, Ingeniería…).
Desempate Mayor nº de créditos pendientes para terminar la carrera.
Prioridad de modalidad Las solicitudes de “curso completo” prevalecen sobre las de “segundo semestre”.

7 Documentación

La documentación a presentar incluye:

  1. DNI/NIE en vigor.
  2. Anexo I – Aceptación de la beca.
  3. Anexo II – Documento “Becario/a en formación”.
  4. Anexo III – Declaración responsable de requisitos.
  5. Modelo 145 de la AEAT (retenciones IRPF).
  6. Autorización de notificaciones al correo corporativo (incluida en Anexo I).

8 Comisión de Valoración

Composición establecida en el Reglamento de Becas de Colaboración:

  • Presidencia: Vicerrector/a de Estudiantes y Empleabilidad.
  • Vocalías:
    • Director/a de Área de Digitalización.
    • Director/a de Área de Ayudas y Alojamientos.
    • Representante del Consejo Social (parte no académica).
    • Dos profesores/as del Consejo de Gobierno.
    • Un/a estudiante del Consejo de Gobierno.
    • Presidente/a del Consejo de Estudiantes (o delegado/a).
    • Jefe/a del Servicio de Gestión de Estudiantes.
  • Secretaría: Jefa de la Sección de Becas y Convenios (suplente: Jefa de la Unidad de Ayudas, Prácticas y Gestión Económica).

Para contactar con la representación estudiantilcestudiantes@uniovi.es.

9 Normativa

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y RD 887/2006.
  • Decreto 71/1992 del Principado de Asturias (Régimen General de Subvenciones).
  • Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (Ac. 19-I-2022).
  • Ley 39/2015 y Ley 40/2015 (Procedimiento Adm. Común y Régimen Jurídico).
  • Estatutos de la Universidad de Oviedo (D. 77/2024).
  • Reglamento de Becas-colaboración de la Universidad de Oviedo (Ac. 28-V-2009).
  • RD 1493/2011 (inclusión de becarios/as en la Seguridad Social).

10 Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad:

Consejo de Estudiantes · Guía informativa (prevalece la convocatoria oficial)