Becas de colaboración para Servicios Informáticos — Guía práctica
Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.
1 Descripción
- Objeto: facilitar que el estudiantado colabore (máx. 20 h/semana, de lunes a viernes) en tareas de soporte técnico–docente en aulas y laboratorios informáticos, bajo la tutela de personal de la Universidad. Entre las funciones habituales se incluyen la instalación y clonación de equipos, mantenimiento de software/hardware, gestión de impresoras, inventario TIC y, en su caso, apoyo a la web del centro.
- Número de becas: el cupo total y su reparto por campus se fijan en cada convocatoria (ejemplo orientativo: 73 plazas distribuidas entre los campus de Oviedo, Gijón y Mieres).
- Duración: desde la fecha de nombramiento hasta el 31 de julio del curso académico correspondiente, sin exceder de 12 meses.
- Cuantía: ayuda formativa de ≈ 350 € brutos mensuales, sujeta a retenciones fiscales y cotización a la Seguridad Social; se abona por transferencia bancaria mensualmente, previa justificación de la actividad.
- Régimen jurídico: no genera relación laboral; es una subvención formativa en concurrencia competitiva.
2 ¿Quién lo puede solicitar?
Pueden presentar solicitud las/los estudiantes de la Universidad de Oviedo que, en el curso académico de la convocatoria:
Nivel de estudios admitido
| Nivel de estudios admitido | Detalle literal de la convocatoria |
|---|---|
| Grado | Matrícula oficial en cualquier titulación de Grado. |
| Máster universitario | Matrícula oficial en cualquier Máster universitario. |
Notas importantes
No está abierta a doctorado ni a títulos propios. Se reservan plazas para personas con discapacidad, que deberán aportar el certificado correspondiente.
3 Fechas
- Fecha de inicio: 11-07-2024 00:00
- Fecha de fin: 25-07-2024 23:59
En los plazos establecidos en la convocatoria, estas son las distintas etapas de la convocatoria:
4 Requisitos
- Matrícula: haber estado matriculado/a el curso anterior y formalizar matrícula en estudios oficiales de Grado/Máster para el curso vigente (no se admiten matrículas condicionales).
- Créditos superados: al menos 60 ECTS aprobados (exentos los de Máster).
- No poseer –ni estar en disposición de obtener– un título oficial de Grado o Máster salvo que sea requisito para continuar estudios oficiales.
- Límite de disfrute: no haber sido becario/a de colaboración en dos o más convocatorias anteriores.
- Compatibilidad: incompatibilidad con otras becas para la misma finalidad o con actividad laboral; excepción → becas generales del Ministerio y ayudas propias al estudio.
- Mantenimiento de requisitos durante todo el periodo de disfrute (la pérdida de condición de estudiante implica la revocación).
5 ¿Quién tramita y resuelve?
Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.
- Teléfono: 985 10 41 18
- Correo: ayudasypracticas@uniovi.es
6 Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión
| Criterio | Puntuación máx. | Explicación didáctica |
|---|---|---|
| Expediente académico | 10 p | Media en base 10 con tres decimales; para Máster se toma la nota de la titulación de acceso. |
| Experiencia previa como becario/a | 5 p | 0,333 p por mes hasta 12 meses (curso completo). |
| Estudios TIC avanzados (Informática, Telecomunicaciones, Ciencia de Datos, etc.) | 10 p | Listado detallado de Grados y Másteres en la convocatoria. |
| Otros estudios STEM relacionados | 5 p | Segundo listado de titulaciones (Física, Matemáticas, Ingeniería…). |
| Desempate | — | Mayor nº de créditos pendientes para terminar la carrera. |
| Prioridad de modalidad | — | Las solicitudes de “curso completo” prevalecen sobre las de “segundo semestre”. |
7 Documentación
La documentación a presentar incluye:
- DNI/NIE en vigor.
- Anexo I – Aceptación de la beca.
- Anexo II – Documento “Becario/a en formación”.
- Anexo III – Declaración responsable de requisitos.
- Modelo 145 de la AEAT (retenciones IRPF).
- Autorización de notificaciones al correo corporativo (incluida en Anexo I).
8 Comisión de Valoración
Composición establecida en el Reglamento de Becas de Colaboración:
- Presidencia: Vicerrector/a de Estudiantes y Empleabilidad.
- Vocalías:
- Director/a de Área de Digitalización.
- Director/a de Área de Ayudas y Alojamientos.
- Representante del Consejo Social (parte no académica).
- Dos profesores/as del Consejo de Gobierno.
- Un/a estudiante del Consejo de Gobierno.
- Presidente/a del Consejo de Estudiantes (o delegado/a).
- Jefe/a del Servicio de Gestión de Estudiantes.
- Secretaría: Jefa de la Sección de Becas y Convenios (suplente: Jefa de la Unidad de Ayudas, Prácticas y Gestión Económica).
Para contactar con la representación estudiantil → cestudiantes@uniovi.es.
9 Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y RD 887/2006.
- Decreto 71/1992 del Principado de Asturias (Régimen General de Subvenciones).
- Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (Ac. 19-I-2022).
- Ley 39/2015 y Ley 40/2015 (Procedimiento Adm. Común y Régimen Jurídico).
- Estatutos de la Universidad de Oviedo (D. 77/2024).
- Reglamento de Becas-colaboración de la Universidad de Oviedo (Ac. 28-V-2009).
- RD 1493/2011 (inclusión de becarios/as en la Seguridad Social).
10 Realizar la solicitud
De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: