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Concurso Literario de la Universidad de Oviedo · Guía del Consejo de Estudiantes

Concurso Literario de la Universidad de Oviedo — Guía práctica

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

1 Descripción

El “Concurso literario – Universidad de Oviedo” es una convocatoria anual de premios en régimen de concurrencia competitiva cuyo objetivo es fomentar la creación literaria dentro de la comunidad universitaria. La dotación asciende a 2 000 €, asignándose 1 000 € al mejor Relato corto y 1 000 € a la mejor colección de Poesía; el importe se abona mediante transferencia y queda sujeto a la retención fiscal aplicable.

2 ¿Quién lo puede solicitar?

Pueden participar, siempre que mantengan vinculación vigente con la Universidad de Oviedo en el correspondiente curso académico:

  • Estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales (Grado, Máster universitario o Doctorado), en títulos propios o en centros adscritos/actividades del Vicerrectorado de Extensión Universitaria.
  • Personal Docente e Investigador (PDI) con contrato en vigor o en servicio activo.
  • Personal de Administración y Servicios (PAS) con contrato en vigor o en servicio activo.

3 Fechas

  • Fecha de inicio: 22-07-2025 00:00
  • Fecha de fin: 15-09-2024 23:59

En los plazos establecidos en la convocatoria, estas son las distintas etapas de la convocatoria:

Línea temporal orientativa de la tramitación
Esquema temporal orientativo.

4 Requisitos

ÁmbitoExigencia (según la convocatoria)
N.º de obrasSolo una por modalidad (Relato corto y/o Poesía).
OriginalidadDebe ser original e inédita, sin premios ni publicaciones previas parciales o totales.
IdiomaCastellano o asturiano.
ExtensiónRelato: 6–25 págs. A4 · Times New Roman 12 pt · interlineado 1,5 / Poesía: 400–800 versos.
Ediciones previasQuedan excluidos quienes ya hayan sido premiados en cualquiera de las modalidades en convocatorias anteriores.
Presentación anónimaEl PDF de la obra llevará únicamente el título; el nombre del autor no puede figurar en el texto.
Nota: Cualesquiera otros umbrales académicos o administrativos aplican conforme a los términos exactos fijados en la convocatoria vigente.

5 ¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Proyección Cultural

6 Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

  • Principios rectores: objetividad, transparencia, igualdad, publicidad y concurrencia competitiva.
  • Evaluación:
    • La calidad literaria y la adecuación a las bases son los méritos determinantes.
    • El Jurado actúa con plena confidencialidad; solo accede a las identidades una vez emitido el fallo.
  • Resolución:
    • El Jurado eleva su propuesta; el Rector/a dicta la resolución.
    • Plazo máximo: tres meses desde que finaliza el periodo de presentación.
  • Edición de la obra premiada: publicación a cargo del Servicio de Publicaciones; se entregan 25 ejemplares a cada ganador como único pago de derechos de autor.

7 Plazos y documentación

ConceptoDetalle
Periodo de presentaciónDesde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de la convocatoria hasta el 15 de septiembre del correspondiente curso académico.
Canal de presentaciónSede electrónica de la Universidad de Oviedo (ver más abajo)
FormularioFormulario normalizado disponible en la misma sede electrónica (Anexo I de la convocatoria).
Obra– Archivo único en PDF, nombrado exclusivamente con el título de la obra.
– Sin datos personales en el documento (para mantener el anonimato).
Anexos y documentaciónAnexo I: Formulario de solicitud.
– Documento de identidad (DNI/NIE) en vigor.
– Modelo de cuenta bancaria para abono del premio.
Subsanación de documentaciónSi falta algún documento o está incompleto, se requerirá al solicitante mediante publicación en la web de concursos, otorgándole 10 días para subsanar (Art. 68 Ley 39/2015).
Nota didáctica: Es importante planificar la redacción de la obra y la obtención de los anexos con antelación. Recuerda que el sistema de sede electrónica computa fecha y hora oficiales para el cierre del plazo.

8 Comisión de valoración

  • Presidencia: Vicerrector/a de Extensión Universitaria y Proyección Cultural (o persona en quien delegue).
  • Vocales:
    • Director/a del Área de Proyección Cultural.
    • D.ª Berta Piñán Suárez (poeta y narradora).
    • D. Jesús Neira Piñeiro (periodista cultural).
    • D. Aurelio González Ovies (escritor y poeta).
    • Presidencia del Consejo de Estudiantes (o su delegado/a).*
  • Secretaría (voz, sin voto): Jefe/a de Sección de Actividades Socioculturales y Coordinación (o suplencia).

* Para contactar con la representación estudiantil en la Comisión, puede escribirse a cestudiantes@uniovi.es.

9 Normativa

  • Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
  • Estatutos de la Universidad de Oviedo (Decreto 77/2024, de 5 de diciembre).
  • Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (Acuerdo de 19 de enero de 2022).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento (RD 887/2006).
  • Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias (subvenciones), modificado por Decreto 14/2000.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

10 Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad:

Consejo de Estudiantes · Guía informativa (prevalece la convocatoria oficial)