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Política Universitaria - Claustro

El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria (art. 47.1 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo). Está formado por el rector, el secretario general, el gerente y 300 miembros elegidos de entre los diferentes sectores de la comunidad universitaria (75 estudiantes). Las elecciones al claustro se convocan cada dos años y su reunión ordinaria en pleno ha de celebrarse, al menos, una vez al año.

Corresponde al Claustro Universitario:

    1. La elaboración y aprobación de los Estatutos de la Universidad y, en su caso, su modificación total o parcial, así como la elaboración y aprobación del reglamento general de centros y estructuras.
    2. Conocer las líneas generales de actuación de la Universidad y hacer propuestas de política universitaria para que sean elevadas al Equipo de Gobierno o, si tienen carácter normativo, al Consejo de Gobierno.
    3. Debatir el informe anual sobre el estado de la Universidad que presente el Rector.
    4. La supervisión de la actuación de los órganos generales de gobierno de la Universidad.
    5. Expresar la opinión de la comunidad universitaria sobre cualquier aspecto del funcionamiento de la Universidad, analizar y debatir temáticas de especial trascendencia y decidir sobre aquellas cuestiones que le sean sometidas a consideración por el Rector o que hayan sido incluidas en el orden del día a petición de, al menos, un 15 por ciento de los claustrales.
    6. Elegir al Defensor o Defensora Universitario y recibir y, en su caso, debatir su informe anual.
    7. La convocatoria de elecciones extraordinarias a Rector en los términos fijados por la ley.
    8. La elección de sus representantes en los órganos de gobierno de la Universidad.
    9. Aprobar su Reglamento de organización y funcionamiento.