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Consejo de Estudiantes · Guía informativa

TRÁMITE: ANULACIÓN DE ASIGNATURAS (PLAZO ORDINARIO)

Antes de empezar: este trámite sirve para anular asignaturas concretas dentro de los plazos ordinarios. Si quieres anular toda la matrícula o tu plazo ya terminó por una causa excepcional sobrevenida, debes utilizar otro procedimiento. La ficha oficial, la normativa vigente y la resolución de tu expediente prevalecen sobre esta guía.

Alcance
Asignaturas concretas
Requisito clave
Sin calificación definitiva
Resuelve
Decanato o Dirección del centro
Abrir ficha oficial

Descripción

Este procedimiento permite pedir la anulación de una o varias asignaturas de una matrícula de grado o máster oficial mientras esté abierto el plazo ordinario que corresponda. No anula automáticamente todo el curso.

La modificación de la matrícula tiene carácter excepcional y debe estar motivada. Además, las asignaturas solicitadas no pueden tener una calificación definitiva y la matrícula resultante debe respetar los límites del régimen de dedicación aplicable.

Qué cambia si se concede: las asignaturas dejan de formar parte de tu matrícula, pero esto no implica recuperar lo pagado ni cancelar los importes pendientes. También puede cambiar tu régimen de dedicación y afectar a una beca.

¿Quién puede presentarla?

Puede presentarla el estudiantado matriculado en enseñanzas oficiales de grado o máster universitario de la Universidad de Oviedo que quiera retirar asignaturas concretas y cumpla los requisitos de plazo, calificación y créditos.

Asignaturas sueltas

Es el procedimiento explicado en esta página: mantienes parte de la matrícula y anulas materias concretas dentro del plazo ordinario.

Revisar requisitos

Curso completo

Si deseas retirar toda la matrícula, utiliza la convocatoria específica de anulación íntegra; no selecciones todas las asignaturas una a una aquí.

Abrir trámite de curso completo

Causa excepcional fuera de plazo

Si el plazo ordinario terminó y surgió una situación excepcional grave, existe un procedimiento distinto que exige acreditación en PDF.

Abrir vía excepcional

¿Parece este el trámite correcto?

Responde a cuatro preguntas. El resultado es orientativo y no sustituye la resolución del centro.

¿Quieres anular solo algunas asignaturas y mantener el resto de la matrícula?
¿Sigue abierto el plazo correspondiente al tipo de asignatura?
¿Alguna asignatura que quieres anular tiene ya calificación definitiva?
¿Has comprobado que los créditos restantes encajan en un régimen de dedicación?

Las respuestas se procesan únicamente en tu navegador: no se envían ni se almacenan. Puedes calcular los créditos en la sección 4.

Plazo de solicitud

Los plazos se fijan mediante una resolución anual. Para que esta guía no quede vinculada a un curso concreto, consulta siempre la ficha oficial activa antes de presentar la solicitud.

Asignaturas de primer semestre

Tienen un plazo propio que finaliza antes. No te guíes únicamente por la fecha final general de la convocatoria.

Asignaturas anuales o de segundo semestre

Disponen de un plazo posterior, también fijado cada año. Comprueba cómo figura clasificada cada asignatura en tu plan docente.

Advertencia importante: la ficha puede mostrar como “fecha de fin” el último día aplicable a las asignaturas anuales o de segundo semestre. Para una asignatura de primer semestre debes atender al cierre anticipado indicado dentro del apartado “Importante”.

  • Presenta la solicitud con margen y conserva el resguardo de registro.
  • Si dudas sobre si una asignatura es semestral o anual, consulta la guía docente o la administración de tu centro.
  • Que el formulario siga accesible no amplía el plazo aplicable a una asignatura concreta.
  • Si el plazo terminó, la vía excepcional solo procede cuando concurren circunstancias sobrevenidas y excepcionalmente difíciles; no es una prórroga automática del procedimiento ordinario.

Requisitos

  • La petición debe presentarse dentro del plazo ordinario aplicable y estar motivada, porque las modificaciones de la matrícula tienen carácter excepcional.
  • En el expediente no puede figurar una calificación definitiva en ninguna asignatura cuya anulación solicites. El Reglamento incluye reconocimientos, convalidaciones, adaptaciones e incorporaciones.
  • Los créditos que permanezcan matriculados deben encajar en los límites del régimen de dedicación que corresponda, según sean estudios de grado o máster y de inicio o continuación.
  • La ficha oficial permite adjuntar documentación complementaria en PDF, pero la señala como opcional. Aporta un documento solo si ayuda a explicar o acreditar la motivación.

Una nota provisional no es lo mismo que una calificación definitiva. Si existe cualquier duda sobre el estado del acta o sobre un reconocimiento pendiente, consulta al centro antes de presentar; el órgano resolverá con los datos que consten en el expediente.

Rangos ordinarios que debe respetar la matrícula resultante
Enseñanza Situación Tiempo completo Tiempo parcial
Grado Inicio Más de 42 y hasta 90 ECTS; primero, asignaturas de primer curso De 18 a 42 ECTS
Grado Continuación Más de 42 y hasta 120 ECTS De 18 a 42 ECTS
Máster Inicio Todos los créditos de primer curso; al menos 60 ECTS De 18 a 42 ECTS de primer curso
Máster Continuación Más de 42 y hasta 120 ECTS De 12 a 42 ECTS

En grado de inicio, los créditos deben corresponder a primer curso. El centro debe comprobar también las reglas del plan de estudios y la configuración concreta de tu matrícula.

Excepción a los mínimos: no se aplican cuando te queda una cantidad inferior para terminar los estudios o cuando el propio plan impide matricular el mínimo. En esos casos se te considera estudiante a tiempo parcial.

Simulador orientativo de créditos

Calcula cuántos ECTS quedarían y qué régimen ordinario parece corresponder. El centro debe confirmar el resultado.

No se envía ni se guarda ningún dato. El cálculo no contempla prerrequisitos, reconocimientos pendientes ni excepciones particulares del plan.

Lista privada de preparación

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Esta lista no envía ni guarda información y se reinicia al recargar la página.

Información importante

  • El régimen de dedicación depende del número de créditos que queden matriculados. Si la anulación provoca un cambio entre tiempo completo y parcial, ese cambio se aplica únicamente al segundo semestre y debe constar en la resolución del centro.
  • El cambio de régimen produce efectos en la normativa de progreso y permanencia. Comprueba los ECTS que tendrás que superar y las convocatorias disponibles.
  • Si pasas a tiempo parcial, puedes consultar si cumples las condiciones para solicitar evaluación diferenciada conforme a la normativa de evaluación; no se concede automáticamente por anular asignaturas.
  • La anulación puede afectar a prerrequisitos, matrícula de TFG o TFM, prácticas, movilidad, simultaneidad de estudios y planificación de cursos posteriores. Revisa tu plan de estudios antes de decidir.
  • En un mismo curso no se puede anular una asignatura y pedir después su ampliación; tampoco ampliar una asignatura y solicitar posteriormente su anulación.

¿Tienes beca?

La anulación puede reducir los créditos computables, convertir la matrícula completa en parcial, modificar el importe o provocar un reintegro. Consulta antes a ubecas@uniovi.es o al 985 10 41 06.

¿Tienes un reconocimiento pendiente?

La matrícula puede ser provisional hasta que se resuelva. Los créditos reconocidos no computan para determinar el régimen de dedicación; pide al centro que confirme cómo quedará tu matrícula definitiva.

La anulación no equivale a “no presentado”. Es una modificación formal de matrícula que solo produce efectos cuando se resuelve y se incorpora al expediente. Hasta entonces, sigue revisando tus obligaciones académicas y notificaciones.

¿Quién tramita y resuelve?

La ficha oficial identifica como organismo tramitador a los centros de la Universidad. La resolución corresponde al Decanato o a la Dirección del centro responsable de tus estudios.

La administración o secretaría del centro es, por tanto, el primer contacto para comprobar plazos, estado del expediente, clasificación semestral de una asignatura y efectos sobre tu matrícula.

Administración de tu centro

Consulta el correo y el teléfono de tu Facultad o Escuela en el directorio de centros.

Para que puedan localizar el caso: indica titulación, asignatura, código si lo conoces y número de registro si ya presentaste la solicitud. No envíes documentación sensible por correo ordinario; incorpórala mediante la Sede si procede.

Pagos, deuda y precios públicos

Hay que separar el coste de presentar la solicitud de las consecuencias económicas sobre la matrícula. Son cuestiones distintas:

1. Presentar la solicitud

La ficha oficial no publica una tasa de tramitación. Registrar la solicitud no exige un pago separado. Esto no significa que la matrícula anulada quede sin importe: sus consecuencias económicas se explican a continuación.

2. Plazos ya abonados

Si se concede la anulación, se pierden las cantidades correspondientes a los plazos ya abonados. La resolución favorable no genera por sí misma un derecho al reintegro.

3. Pagos pendientes

Las cantidades todavía no abonadas no se cancelan: permanecen como deuda a favor de la Universidad. Anular la matrícula no equivale a dejar sin efecto los recibos pendientes.

4. Gratuidad financiada por el Principado

Los artículos 18 a 21 del decreto vigente regulan la exención para estudiantado de nuevo ingreso y de continuación en grado y máster. Esos artículos excluyen expresamente los créditos matriculados que después se anulen. Por tanto, los créditos anulados quedan fuera de esa concreta exención y su precio puede incorporarse a la liquidación de la matrícula.

Las demás exenciones o bonificaciones —por ejemplo, familia numerosa, discapacidad o situaciones protegidas— tienen su propia regulación. No presupongas el resultado: pide al centro o al Servicio que confirme la liquidación concreta.

La excepción que suele generar confusión: el artículo 14.1.a contempla la anulación íntegra por admisión en otros estudios universitarios oficiales. En la Universidad de Oviedo se compensan los pagos; si la admisión es en otra universidad española, la devolución exige solicitarla hasta el 15 de octubre o el siguiente día hábil. Esta excepción corresponde al trámite de curso completo y no a la anulación de asignaturas sueltas.

Otro supuesto distinto: si la propia Universidad anula una asignatura porque finalmente no se imparte, debe ofrecer un cambio cuando sea posible o devolver el importe si no hay cambio viable o no te interesa la alternativa. No confundas esa anulación administrativa con una petición voluntaria.

Cómo puede afectar a una beca

  • La anulación de asignaturas puede reducir los créditos computables, modificar la consideración de matrícula completa o parcial y afectar al derecho o al importe de la beca.
  • Si la beca ya fue concedida, el cambio puede generar una obligación de reintegro total o parcial según la convocatoria y la carga final.
  • Antes de presentar la solicitud, consulta a la Unidad de Becas en ubecas@uniovi.es o en el 985 10 41 06.

Ejemplo sencillo: si has pagado un plazo y queda otro pendiente, la concesión no devuelve el primero y el segundo permanece como deuda. Si además se te aplicó la gratuidad del Principado, el precio de los créditos anulados queda fuera de esa exención y puede añadirse a la liquidación.

¿Y si no estás de acuerdo con la resolución?

Contra la resolución del Decanato o de la Dirección del centro puedes presentar un recurso de alzada ante el Rector. Es el recurso administrativo que permite pedir la revisión de la decisión por el órgano superior competente.

Con carácter general, si la resolución es expresa, el plazo para interponerlo es de un mes desde la notificación. Lee siempre el pie de recursos de la resolución: allí constarán el órgano, el plazo y la forma de presentación aplicables a tu expediente.

Qué debe dejar claro el recurso

  • La resolución que recurres, su fecha de notificación y el expediente al que pertenece.
  • Qué parte consideras incorrecta: hechos no valorados, error en la cronología, documentación ignorada o aplicación inadecuada de la norma.
  • Qué solicitas exactamente al Rector: la revocación o modificación de la decisión y el resultado que pretendes.
  • Los documentos que respaldan tus alegaciones. La Ley limita la valoración de pruebas que pudieron aportarse antes y no se presentaron sin justificación.

Presentar el recurso no suspende automáticamente los efectos de la resolución. Si necesitas suspensión, debe solicitarse y justificarse expresamente conforme al artículo 117 de la Ley 39/2015.

Un recurso sirve para discutir una resolución ya dictada; no amplía el plazo ordinario. Si el problema es que el plazo terminó por una circunstancia grave y sobrevenida, revisa primero si corresponde la vía excepcional específica.

Normativa y enlaces de consulta

Los enlaces siguientes son los que debes priorizar para comprobar tu caso concreto:

Procedimientos relacionados, pero diferentes: la anulación de la matrícula completa y la anulación por causas excepcionales fuera de plazo tienen sus propias fichas y requisitos.

Realizar la solicitud

La presentación se realiza de forma telemática mediante la ficha específica de la Universidad. Este formulario es para asignaturas concretas; si quieres retirar toda la matrícula, utiliza el trámite de curso completo.

Antes de registrarla

  1. Comprueba el plazo de cada asignatura en la ficha activa, especialmente si alguna es de primer semestre.
  2. Identifica y motiva las asignaturas con su denominación y código, y revisa que ninguna tenga calificación definitiva.
  3. Calcula los ECTS restantes y comprueba los posibles efectos en dedicación, permanencia, beca y pagos.
  4. Prepara, si resulta útil, un único PDF complementario. Es opcional: procura que sea legible, pertinente y sin datos personales innecesarios.

Después de registrarla

  1. Guarda el resguardo y el número de registro de la solicitud.
  2. Revisa las notificaciones electrónicas por si el centro solicita una subsanación o documentación adicional. No dependas únicamente de un aviso por correo.
  3. Lee la resolución completa, incluidos sus efectos económicos y la indicación de recursos.
  4. Comprueba tu expediente y la liquidación si la anulación se estima, y comunica al centro cualquier discrepancia.

No des por anulada una asignatura al enviar el formulario. La modificación produce efectos cuando el centro la resuelve y se incorpora al expediente.