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TRÁMITE: AYUDAS DE MATRÍCULA DE URGENTE NECESIDAD A ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

Descripción

La Universidad de Oviedo concede ayudas para el pago de los precios públicos de matrícula en estudios oficiales de grado y máster a estudiantes en situaciones económicas adversas por causas sobrevenidas. Estas ayudas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y tienen una financiación total de 50.000 €.

La ayuda cubrirá el importe de los créditos de primera y segunda matrícula, excluyendo los de tercera y posteriores.

¿Quién lo puede solicitar?

Pueden solicitar la ayuda los estudiantes que cumplan los siguientes criterios:

      • Estar matriculados en estudios oficiales de grado o máster en la Universidad de Oviedo.
      • Quedan excluidos de la convocatoria quienes cursen títulos propios y estudios de doctorado.

Fechas

  • Fecha de inicio: 20-03-2025 00:00
  • Fecha de fin: 09-04-2025 23:59

 

En los plazos establecidos en la convocatoria, estás son las distintas etapas de la convocatoria:

Requisitos

Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

Requisitos académicos

        • Nacionalidad:
          • Ser español o ciudadano de la Unión Europea.
          • Para estudiantes extranjeros no comunitarios, se aplicará la normativa vigente sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
        • Matrícula:
          • Estar matriculado en el curso académico correspondiente en un mínimo de 18 créditos en estudios oficiales de grado o máster.
          • Excepciones:
            • Si quedan menos de 18 créditos para finalizar la titulación.
            • Si la normativa de la Universidad impide matricularse del mínimo requerido.
      • Rendimiento académico:
          • Haber superado al menos el 30% de los créditos matriculados en el curso anterior.
          • Estudiantes de primer curso de grado: tener una nota mínima de acceso de 5,00.
          • Estudiantes de primer curso de máster: acreditar una nota media mínima de 5,00 en los estudios que dan acceso al máster.
          • En caso de cambio de estudios o centro, se valorarán los requisitos académicos de los estudios previos.
          • Si el estudiante ha dejado de estudiar algún año académico, los requisitos se aplicarán sobre el último curso realizado.
          • No se tendrán en cuenta los créditos reconocidos, convalidados o adaptados.

 

Requisitos económicos y patrimoniales

      • La renta de la unidad familiar no debe superar los siguientes umbrales:

        Número de miembrosUmbral de renta (€)
        114.818
        225.293
        334.332
        440.773
        545.572
        649.196
        752.780
        856.348
        Por cada miembro adicional+3.561
      • La renta se calculará conforme al Real Decreto vigente sobre umbrales de renta y patrimonio familiar.

      • No podrán recibir la ayuda quienes superen los umbrales de patrimonio familiar establecidos en la normativa estatal para becas.

 

Circunstancias de urgente necesidad

Se considerarán situaciones económicas adversas las siguientes:

      • Fallecimiento de un sustentador principal de la unidad familiar.
      • Desempleo, ERTE o ERE de un sustentador principal.
      • Enfermedad grave o accidente grave de un sustentador principal.
      • Trastorno adictivo, diagnosticado oficialmente, de un sustentador principal.
      • Incapacidad permanente total, reconocida legalmente, de un sustentador principal.
      • Víctimas de violencia doméstica.
      • Personas con estatuto de refugiado en España.
      • Otras circunstancias debidamente acreditadas que afecten la situación económica familiar.

¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.

Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

Las solicitudes serán ordenadas con la siguiente prioridad:

    1. Estudiantes de grado.
    2. Estudiantes de máster habilitante o que sea condición necesaria para ejercer una profesión regulada.
    3. Estudiantes del resto de másteres universitarios.

Dentro de cada grupo, se ordenarán de menor a mayor renta familiar del ejercicio anterior.

En caso de empate, se valorará la nota media del expediente.

      • Para estudiantes de máster, se considerará la nota media de la titulación de acceso.
      • Para estudiantes de primer curso de grado, se valorará:
          • Nota de acceso a la Universidad (0,6 NMB + 0,4 EBAU).
          • Nota media del ciclo formativo en caso de acceso por FP.
          • Nota obtenida en la prueba de acceso para mayores de 25, 40 o 45 años.

Documentación

La documentación a presentar incluye:

        • Autorización para solicitar datos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y para la consulta de los datos de identidad (Anexo I).
        • Declaración responsable de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II).
        • Certificado catastral de bienes inmuebles de todos los miembros de la unidad familiar.
        • Documentación acreditativa de la circunstancia económica adversa.

 

Documentación adicional para acreditar determinadas circunstancias:

        • NIE en caso de estudiante extranjero no comunitario.
        • Justificación de independencia económica (título de propiedad, contrato de alquiler, etc.).
        • Certificados de discapacidad, familia numerosa o separación/divorcio, según proceda.
        • Justificación de ingresos en el caso de familias sin datos fiscales disponibles.
        • Resolución o documento acreditativo del estatus de refugiado.

Comisión de Valoración

La Comisión de Valoración está integrada por:

      • Presidente: Vicerrector de Estudiantes o persona que le sustituya.
      • Vocales:
        • Director/a de área de Ayudas y Alojamientos.
        • Un representante de la parte no académica del Consejo Social.
        • Dos profesores miembros del Consejo de Gobierno.
        • Un representante de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria de Asturias.
        • Dos estudiantes miembros del Consejo de Gobierno.
        • El Presidente del Consejo de Estudiantes o persona en quien delegue.
        • La Jefa del Servicio de Gestión de Estudiantes.
      • Secretaria titular: La Jefa de la Sección de Becas y Convenios. Secretario suplente: Jefa de la Unidad de Ayudas, Prácticas y Gestión Económica.

 

Para hablar con los representantes de estudiantes en la Comisión, pueden escribir a cestudiantes@uniovi.es.

Normativa

Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: