Constitución de una Asociación en el Principado de Asturias — Guía práctica
1 Descripción
Formalizar y registrar oficialmente la constitución de una asociación en Asturias según la Ley Orgánica 1/2002, que regula el derecho de asociación en España. Este registro otorga a la asociación personalidad jurídica y garantiza su legalidad y transparencia en el tráfico jurídico.
2 ¿Quién puede presentar la solicitud?
La inscripción está disponible durante todo el año, por lo que puede hacerse en cualquier momento sin plazos específicos.
3 ¿Cuándo lo puedo presentar?
Tienes un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación si el acto fuera expreso.
4 Documentación relacionada
Solicitud completa
Descarga y completa el formulario normalizado de inscripción (enlace). La solicitud debe incluir los datos básicos de la asociación.
Acta fundacional (original)
Documento que recoge la creación de la asociación (modelo orientativo):
- Identidad y firma de todos los fundadores.
- Designación de los cargos de la Junta Directiva.
- Si alguna promotora es persona jurídica, certificado del acuerdo de participar y designación de representante.
Estatutos (original)
Normativa interna (nombre, fines, domicilio social, órganos, normas de funcionamiento, etc.) firmada por todas las personas fundadoras (modelo orientativo).
Justificante de la tasa
La tasa del trámite es de 42,12 €. Debes descargar el modelo tributario 046, abonarlo y adjuntar el “Ejemplar para la Administración” sellado por el banco (ver Pago de tasas).
Otros documentos (si procede)
- Si hay promotores personas jurídicas: aportar además el certificado del acuerdo.
- Si el domicilio social es de una institución pública/privada: autorización de dicha entidad.
- Si no autorizas consulta de datos: aportar identificaciones (DNI/NIE o pasaporte) de todas las personas firmantes.
5 Pago de tasas
Importe y modelo 046
- Tasa: 42,12 €
- Modelo Tributario 046: enlace
- Fecha de devengo: la del ingreso.
- Dato específico: código de concepto 322001.
- Declarante/sujeto pasivo: cumplimentar datos solicitados.
Detalle de la liquidación
- Descripción (literal código de concepto): Asociaciones.
- Ejercicio: [año en curso].
- Tarifa: 322001.
- Descripción concepto: Constitución Asociación.
- Importe: 42,12 €.
Forma de pago
Si pagas en entidad bancaria, remite el «Ejemplar para la Administración» sellado por el banco.
Para pago telemático usa la Tramitación electrónica y descarga el justificante en PDF para enviarlo al Registro de Asociaciones.
6 Cuestiones importantes
1) Forma de presentación de la solicitud
- Para presentación telemática: el envío debe firmarlo el solicitante con su certificado digital.
- No mezclar en un mismo documento firmas manuscritas y firmas electrónicas.
- Si la documentación está en papel con firmas manuscritas, remitir original escaneado y cada documento en un fichero independiente para su depósito electrónico.
- Si hay firmas electrónicas, remitir el documento electrónico con los ficheros de firma.
- En la dirección de notificaciones, recuerda que las notificaciones en papel requieren firma de la persona destinataria o autorizada y no se entregan si la dirección es incompleta/incorrecta o el destinatario es desconocido.
- El DNI/NIF debe constar con claridad para acceso al buzón electrónico. Se recomienda indicar email para avisos de notificación.
2) Sobre el acta fundacional
- Existe modelo orientativo en Documentación relacionada.
- Debe contener lo exigido por el art. 6 LO 1/2002.
- Datos de identidad de promotores completos y legibles.
- Incluir designación de titulares de cargos de la Junta Directiva/u órgano de representación.
- Firmas originales de todas las personas promotoras, identificando firmante.
- Si los promotores son personas jurídicas, adjuntar certificación del acuerdo y designación de representante (hay modelo orientativo).
3) Sobre los estatutos
- Existe modelo orientativo en Documentación relacionada.
- Deben recoger los extremos obligatorios del art. 7 LO 1/2002.
- Firmas originales de todas las personas promotoras, identificando firmante.
4) Denominación de la asociación
- Debe cumplir el art. 8 LO 1/2002 y los arts. 22 y 23 RD 949/2015.
- No puede ser igual o similar a otra entidad ya inscrita (consulta denominaciones en www.interior.gob.es → Servicios al ciudadano → Trámites → Asociaciones).
- La denominación en el Acta debe coincidir exactamente con la de los Estatutos.
5) Domicilio de promotores y domicilio social
- El domicilio registral debe indicar vía y número (o lugar), localidad, municipio, provincia y código postal.
- Si el domicilio social es de una institución/entidad pública o privada, se aportará documento original de conformidad de dicha entidad.
7 Plazo de resolución
El plazo de resolución de los procedimientos de inscripción será de tres meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
8 Efecto del silencio administrativo
Estimatorio.
9 ¿Quién resuelve?
Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo del Principado de Asturias.
- Código identificativo DIR A03003888.
10 ¿Y si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes interponer cualquiera de los siguientes recursos:
- Recurso potestativo de reposición: más información.
- Recurso extraordinario de revisión: más información.
11 Normativa
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE 26-03-2002)
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (BOE 24-10-2015)
- Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, inscripción registral de Asociaciones juveniles (BOE 28-04-1988)