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TRÁMITE: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ESTUDIANTES DESTINADAS A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DEL OBSERVATORIO DEL ESTUDIANTADO ERESUO (2025)

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

Descripción

La Universidad de Oviedo convoca ayudas en régimen de concurrencia competitiva para financiar proyectos impulsados por estudiantes en el marco del Observatorio del Estudiantado-EresUO. El objeto de estas ayudas es fomentar el análisis de la situación, tipología y necesidades del estudiantado, a fin de promover políticas universitarias más ajustadas a su realidad. La convocatoria dispone de una dotación total de 20.000 €, repartida en dos categorías: 10.000 € para proyectos que continúan desde la convocatoria anterior y 10.000 € para proyectos nuevos. La cuantía máxima que puede otorgarse a cada proyecto es de 2.000 €. Un 50 % de la ayuda se destina como ayuda directa a los estudiantes participantes.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar estas ayudas:

      • Estudiantes matriculados en estudios oficiales de Grado y Máster Universitario de la Universidad de Oviedo, en el correspondiente curso académico.

      • Estudiantes de Doctorado podrán participar como miembros del grupo de trabajo, pero no podrán figurar como responsables ni corresponsables de un proyecto.

      • El equipo solicitante deberá estar compuesto por al menos tres estudiantes, sin necesidad de que cursen los mismos estudios ni pertenezcan al mismo nivel académico.

Fechas

  • Fecha de inicio: 12-06-2025 00:00
  • Fecha de fin: 09-07-2025 23:59

 

En los plazos establecidos en la convocatoria, estás son las distintas etapas de la convocatoria:

Requisitos

De conformidad con la cláusula tercera de las bases reguladoras:

      • La responsabilidad del proyecto podrá ser asumida por uno o dos estudiantes, que deberán mantener su condición de estudiantes oficiales en el momento de la concesión.

      • Cada responsable podrá presentar únicamente un proyecto.

      • Cada estudiante podrá participar como miembro en un máximo de dos proyectos.

      • No podrán participar como responsables aquellas personas que ya cuenten con financiación disponible para otros proyectos o contratos con la misma finalidad.

      • Los/las solicitantes no podrán estar incursos en las prohibiciones contempladas en el artículo 4.2 del Anexo III del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (BOPA de 31 de enero de 2022).

      • La solicitud debe incluir una declaración responsable de no tener deudas con Hacienda, la Seguridad Social ni con la Universidad de Oviedo, y de no percibir otra financiación para el mismo fin (Anexo IX).

¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.

Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

Según la cláusula octava de las bases reguladoras, la evaluación de los proyectos se realiza por la Comisión de Dirección del Observatorio del Estudiantado-EresUO, otorgándose a cada proyecto una puntuación de 0 a 10. Los criterios y subcriterios son:

      1. Calidad de la propuesta (60 %):

          • a) Carácter innovador.

          • b) Adecuación a las líneas prioritarias.

          • c) Metodología y plan de trabajo.

          • d) Indicadores de evaluación.

          • e) Transferencia e impacto.

      2. Justificación económica (30 %):

          • f) Claridad en la justificación de conceptos y cantidades.

          • g) Adecuación del presupuesto a los objetivos.

          • h) Distribución y coherencia de la ayuda solicitada.

      3. Composición del grupo de trabajo (10 %):

          • i) Interdisciplinariedad (diversidad de niveles educativos, titulaciones y cursos).

 

Para optar a la ayuda, se requiere una puntuación mínima de 7 puntos.

      • Proyectos con puntuación de 9 a 10 puntos podrán obtener hasta el 100 % de la ayuda solicitada.

      • Proyectos con 7 a 8,9 puntos podrán obtener hasta el 80 %.

      • En caso de empate, se utilizarán sucesivamente los criterios a), b) y c) para deshacerlo.

Documentación

La documentación a presentar incluye:

      1. Anexo I: impreso de datos bancarios de terceros acreedores.

      2. Anexo II: solicitud con datos del equipo, proyecto, líneas prioritarias, resumen, etc.

      3. Anexo III: memoria inicial del proyecto.

      4. Anexo IV: CV abreviado de cada miembro del equipo.

      5. Anexo IX: declaración responsable.

      6. Aceptación de condiciones sobre protección de datos y notificación electrónica.

ENLACE A LOS ANEXOS EN WORD

Comisión de Valoración

La comisión de valoración está formada conforme a la Resolución de 12 de septiembre de 2023 y la cláusula octava de la convocatoria:

      • Presidencia: Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad (o persona en quien delegue).

      • Vocales:

          • Directora del Área de Participación y Apoyo al Estudiantado (o delegación).

          • Un exvicerrector/a de Estudiantes de la Universidad de Oviedo.

          • Un/a representante estudiantil de cada campus:

            • Campus del Cristo A

            • Campus del Cristo B

            • Campus de Llamaquique

            • Campus del Milán

            • Campus de Mieres

            • Campus de Gijón

          • Dos profesores/as externos/as a la Universidad de Oviedo con experiencia en temas relacionados con el estudiantado universitario.

      • Secretaría: Jefa de Sección de Becas y Convenios (con voz, pero sin voto).

📩 Para contactar con los representantes estudiantiles en la Comisión: cestudiantes@uniovi.es

Normativa

      • Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

      • Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

      • Decreto 77/2024, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo.

      • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento.

      • Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias.

      • Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (BOPA de 31 de enero de 2022).

      • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

      • Bases reguladoras aprobadas por Resolución del Rector de 8 de mayo de 2025 (BOPA de 20 de mayo de 2025).

      • Resolución de 29 de mayo de 2025 por la que se aprueba la presente convocatoria.

Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: