Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.
Descripción
El derecho de acceso a la información pública permite a cualquier persona solicitar y recibir información de las administraciones públicas. Este derecho está regulado por el artículo 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La finalidad es promover la transparencia y asegurar que los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones y se manejan los fondos públicos.
¿Quién lo puede presentar?
Cualquier miembro de la comunidad universtiaria (estudiante, PDI o PTGAS).
Fechas
Plazo de presentación de solicitudes abierto permanentemente
Requisitos
Cualquier persona, sin necesidad de justificar su solicitud, puede ejercer el derecho de acceso a la información pública. No es necesario pertenecer a la comunidad universitaria de la Universidad de Oviedo para ejercer este derecho.
Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la Universidad de Oviedo y que hayan sido elaborados o adquiridos por ésta en el ejercicio de sus funciones.
Cualquier persona con capacidad de obrar, a título individual o en representación de cualquier organización legalmente constituida, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las establecidas en las normas estatales y de la Comunidad autónoma del Principado de Asturias sobre transparencia.
Documentación
No es necesario aportar documentación adicional al realizar la solicitud.
La solicitud debe incluir la identidad del solicitante, la información que se solicita, una dirección de contacto (preferentemente electrónica) y la modalidad preferida para acceder a la información (electrónica o correo postal).
¿Quién tramita y resuelve?
Secretaría General. Sección de Reclamaciones, Recursos y Transparencia
- Correo: secretariageneral@uniovi.es
Pago de tasas
De conformidad con el Decreto 51/2024, de 28 de junio, por el que se fijan los precios públicos en la Universidad, no debes pagar nada.
¿Y si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes presentar un recurso de alzada.
Un recurso de alzada es un mecanismo legal que permite a una persona impugnar o recurrir una decisión administrativa ante una autoridad superior jerárquica dentro de la misma entidad o institución. Se utiliza cuando una persona no está de acuerdo con una resolución tomada por una autoridad administrativa, y busca que esta decisión sea revisada y corregida, si se considera que es incorrecta o injusta.
Este tipo de recurso es común en ámbitos como universidades, administraciones públicas o servicios del Estado. En términos simples, es una herramienta para que el ciudadano o estudiante pueda reclamar y pedir una revisión de una decisión que considere desfavorable, y que se lleve a cabo una nueva evaluación por parte de una instancia superior (en este caso, el Vicerrectorado de Estudiantes).
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero.
- Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de la Universidad de Oviedo.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Realizar la solicitud
De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: