TRÁMITE: EVALUACIÓN DIFERENCIADA

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.
Descripción
La evaluación diferenciada es un modelo de evaluación previsto en el Reglamento de Evaluación de la Universidad de Oviedo, que permite adaptar las pruebas y actividades evaluativas a las necesidades del estudiantado que, por diversas circunstancias personales, familiares, laborales o académicas, no puede seguir con normalidad el desarrollo ordinario del curso. Está regulada por el artículo 7 del Reglamento de Evaluación, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de mayo de 2025 (BOPA núm. 113, de 13 de junio de 2025).
Este modelo permite establecer actividades evaluables alternativas, adaptadas a la situación concreta del estudiante, ya sea en forma de prueba única o conjunto de actividades sustitutivas, sin que sea necesario asistir de forma regular a las clases, salvo en casos puntuales justificados.
¿Quién lo puede presentar?
Podrán solicitar evaluación diferenciada los estudiantes que acrediten encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
a) Enfermedad grave u otra patología que impida la asistencia presencial regular. Se acreditará con certificados médicos.
b) Maternidad, desde la semana 36 de embarazo hasta 16 semanas después del parto. Se acredita mediante certificado médico.
c) Cuidado de personas dependientes del entorno familiar, acreditado mediante certificado oficial expedido por el organismo competente de la Comunidad Autónoma.
d) Situaciones de violencia de género, acreditadas conforme a lo previsto en la legislación vigente (sentencia judicial, orden de protección u otros medios admitidos legalmente).
e) Trabajo por cuenta ajena, cuando implique incompatibilidad horaria con el desarrollo académico ordinario. Se acreditará con contrato de trabajo, informe de vida laboral y documentación donde consten los horarios laborales.
f) Trabajo por cuenta propia, con incompatibilidad horaria, acreditado mediante documentación de la Seguridad Social u organismo equivalente.
g) Participación en programas oficiales de movilidad (por ejemplo, Erasmus+ o SICUE), para un máximo de dos asignaturas no contempladas en el acuerdo de estudios.
h) Cualquier otra circunstancia de similar entidad, que impida el normal desarrollo del curso y esté suficientemente justificada documentalmente, de acuerdo con los criterios interpretativos del Vicerrectorado con competencia en estudiantes.
También podrán solicitar evaluación diferenciada los estudiantes que simultaneen estudios en la Universidad de Oviedo (excepto en titulaciones conjuntas PCEO), para las asignaturas correspondientes a la titulación no preferente.
¿Cómo solicita?
El procedimiento a seguir es el siguiente:
Redactar un escrito razonado, dirigido al Decano/a o Director/a del centro, en el que se indiquen los motivos que justifican la imposibilidad de seguir el régimen ordinario de evaluación.
Aportar la documentación acreditativa correspondiente según la causa alegada (ver apartado “Documentación necesaria”).
Presentar la solicitud dentro de los plazos establecidos:
Plazo ordinario: desde el momento de la matrícula y hasta 10 días hábiles después del inicio del semestre correspondiente.
En caso de matrícula fuera de plazo: hasta 10 días hábiles desde la fecha de matrícula.
En situaciones sobrevenidas y excepcionales: se podrá solicitar en cualquier momento, siempre que se justifique documentalmente tanto la causa como la imposibilidad de presentar la solicitud en plazo.
En caso de movilidad: la solicitud puede presentarse dentro del plazo ordinario o hasta 15 días hábiles después del inicio de la movilidad o tras la modificación del acuerdo de estudios.
El órgano colegiado competente del centro (por ejemplo, Comisión de Gobierno o Junta de Facultad/Escuela) resolverá la solicitud en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Resolución de la solicitud
Una vez presentada, la solicitud será valorada por el órgano colegiado competente del centro. Durante el proceso de evaluación, se podrán seguir los siguientes criterios:
Se podrá solicitar informe al profesorado de la asignatura para determinar la viabilidad de la adaptación y las condiciones de evaluación.
En las asignaturas anuales, la resolución especificará si afecta a uno o ambos semestres.
La resolución deberá atender a la naturaleza de las actividades evaluables y a las posibilidades reales del seguimiento por parte del estudiante.
Características de la evaluación diferenciada
El modelo de evaluación diferenciada podrá adoptar las siguientes formas:
Prueba única: una evaluación final que abarque la totalidad de los contenidos de la asignatura.
Conjunto de actividades adaptadas: trabajos, pruebas u otras tareas diseñadas específicamente para el estudiante, de acuerdo con la guía docente.
En asignaturas con componente práctico elevado, podrá establecerse la asistencia obligatoria a algunas sesiones presenciales, pero sin que estas superen el 20 % de la calificación global.
Excepciones y limitaciones
Quedan excluidas de esta modalidad:
Asignaturas de prácticas externas.
Asignaturas de prácticum.
Asignaturas donde las prácticas de laboratorio constituyan al menos el 70 % de la carga lectiva total.
Documentación necesaria
Debe acompañarse la solicitud con la documentación que justifique la causa alegada. Ejemplos:
Enfermedad o maternidad: informe médico.
Cuidado de personas dependientes: acreditación oficial.
Trabajo por cuenta ajena: contrato, vida laboral y horarios.
Trabajo por cuenta propia: documentación de afiliación a la Seguridad Social.
Movilidad: certificado del programa y acuerdo de estudios.
Violencia de género: sentencia judicial, orden de protección, etc.
Otros casos: documentos acreditativos del motivo excepcional alegado.
¿Quién tramita y resuelve?
La solicitud será valorada por la comisión de gobierno del centro u órgano colegiado delegado, que dictará resolución motivada en el plazo máximo de 20 días hábiles.
Pago de tasas
De conformidad con el Decreto 51/2024, de 28 de junio, por el que se fijan los precios públicos en la Universidad, no debes pagar nada.
¿Y si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes presentar un recurso de alzada.
Un recurso de alzada es un mecanismo legal que permite a una persona impugnar o recurrir una decisión administrativa ante una autoridad superior jerárquica dentro de la misma entidad o institución. Se utiliza cuando una persona no está de acuerdo con una resolución tomada por una autoridad administrativa, y busca que esta decisión sea revisada y corregida, si se considera que es incorrecta o injusta.
Este tipo de recurso es común en ámbitos como universidades, administraciones públicas o servicios del Estado. En términos simples, es una herramienta para que el ciudadano o estudiante pueda reclamar y pedir una revisión de una decisión que considere desfavorable, y que se lleve a cabo una nueva evaluación por parte de una instancia superior (en este caso, el Vicerrectorado de Estudiantes).
Normativa
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2025 (BOPA núm. 113, de 13 de junio de 2025).
Instrucción del Vicerrector de Estudiantes de 27 de octubre de 2023.
Instrucción 1/2017, de 2 de mayo, sobre la evaluación diferenciada.
Instrucción 2/2016, de 22 de febrero, sobre aplicación de la evaluación diferenciada en cambios de régimen.
Reglamento de Evaluación de la Universidad de Oviedo.
Realizar la solicitud
De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: