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Evaluación por compensación · Guía del Consejo de Estudiantes

Evaluación por compensación

1 Ficha rápida

La evaluación por compensación permite superar una única asignatura pendiente cuando la trayectoria académica global demuestra méritos suficientes para finalizar un Grado o una antigua titulación oficial de primer o segundo ciclo.

Asignaturas

Una pendiente

El TFG puede quedar pendiente, pero nunca se compensa.

Resolución

3 días hábiles

En los términos establecidos por el Reglamento.

Precio 2026-2027

50 €

Precio público por presentar la solicitud.

No es una decisión discrecional ni una nueva corrección del examen. La Comisión comprueba requisitos y criterios objetivos; si todos se cumplen, procede el aprobado por compensación.

2 Qué es y para qué sirve

Este mecanismo valora globalmente la trayectoria académica cuando una dificultad concreta en una asignatura impide o retrasa de forma desproporcionada la obtención del título.

  • No sustituye la revisión o reclamación de una calificación.
  • No modifica las notas obtenidas en convocatorias anteriores.
  • No exige realizar una nueva prueba de evaluación.
  • Solo puede concederse cuando se cumplen todos los requisitos reglamentarios y al menos uno de los criterios académicos de concesión.

3 Requisitos generales de admisión

Con carácter general, la persona solicitante debe cumplir simultáneamente lo siguiente:

  1. Haber superado en la Universidad de Oviedo al menos el 50 % de los créditos de la titulación. En el acceso a un segundo ciclo desde un primer ciclo terminal, el porcentaje se refiere al segundo ciclo.
  2. Figurar matriculada en UniOvi de la asignatura cuya compensación solicita, salvo las excepciones para convocatorias agotadas o planes extinguidos.
  3. Tener pendiente una sola asignatura para terminar la titulación, con las reglas especiales explicadas más abajo.
  4. Haberse presentado al menos a tres convocatorias de esa asignatura, o a dos cuando todas las demás asignaturas se hayan superado en primera convocatoria.
Presentarse significa tener una calificación en la convocatoria. La mera matrícula o un «No presentado» no equivale necesariamente a haber concurrido a una convocatoria a estos efectos.

4 Criterios para concederla

Además de todos los requisitos anteriores y de no incurrir en ninguna limitación, debes encontrarte en al menos uno de estos dos supuestos:

Vía A · Alguna nota de 3,5 o superior

  • Haber obtenido en alguna convocatoria una calificación igual o superior a 3,5.
  • Haber obtenido una calificación superior a 0 en la última convocatoria a la que te presentaste.

Vía B · Expediente y comparación con titulados

  • No haber obtenido un cero en ninguna convocatoria o haberlo obtenido únicamente en una.
  • Tener una nota superior a cero en la última convocatoria presentada.
  • Que la media del expediente no sea inferior al 90 % de la media de las personas tituladas en el mismo plan durante el curso anterior.

Las medias de referencia se publican cada curso junto con la resolución que fija los plazos. Si una titulación no tiene personas tituladas en el curso de referencia, se utiliza el último curso en el que sí las haya.

5 Asignaturas y créditos que no pueden compensarse

Tipo de asignatura ¿Puede compensarse? Observación
Básica, troncal u obligatoria Siempre que se cumplan todos los requisitos y criterios.
Optativa en un plan vigente Solo excepcionalmente Cuando no superarla obligue a adaptarse a un plan nuevo.
Trabajo Fin de Grado No Además, se excluye del cómputo de asignaturas pendientes.
Prácticum o equivalente No Puede quedar fuera del cómputo si para matricularlo es necesario haber superado los demás créditos.
Proyecto Fin de Carrera No Puede quedar fuera del cómputo si exige tener superados todos los demás créditos.
Libre configuración No, salvo plan extinguido La disposición adicional sobre planes extinguidos permite una excepción.
Podrías tener pendiente el TFG además de la asignatura que solicitas compensar. El TFG no se cuenta como segunda asignatura pendiente, pero tendrás que superarlo por su procedimiento ordinario.

6 Convocatorias agotadas y planes extinguidos

Asignatura de un plan vigente con convocatorias agotadas

Si el plan sigue vigente, pero no puedes continuar porque has agotado las convocatorias, se aplica el procedimiento de compensación con una excepción: no es necesario que figures matriculado de la asignatura. Debes cumplir los demás requisitos y criterios.

Plan de estudios extinguido y sin derecho a matrícula

Puede solicitarse cuando solo quede una asignatura troncal, obligatoria u optativa y, excepcionalmente, de libre configuración. En este supuesto no se exige estar matriculado ni haber concurrido al número mínimo de convocatorias, pero sí deben cumplirse el porcentaje de créditos, las limitaciones personales y alguno de los criterios académicos del artículo 5.

Cuándo no se aplica la excepción del plan extinguido
  • Cuando ya te has adaptado a un plan posterior.
  • Cuando has trasladado el expediente a otra universidad.

7 Limitaciones personales

  • Quien ya haya obtenido un Aprobado por compensación en una titulación de esta u otra universidad no puede solicitarlo para terminar otra titulación.
  • No puede solicitarlo quien tenga una sanción grave o muy grave en su expediente académico.
  • La compensación no puede recaer sobre TFG, prácticum, proyecto fin de carrera ni, salvo la excepción indicada, libre configuración.
Una desestimación anterior ya no impide volver a solicitarla. La modificación de 2018 suprimió expresamente esa prohibición, porque las notas y las circunstancias académicas pueden cambiar en convocatorias posteriores.

8 Convocatorias y plazos

El Vicerrectorado competente en estudiantes publica cada curso los periodos de solicitud y las medias de referencia. La guía se mantiene atemporal: antes de solicitar, consulta siempre el procedimiento electrónico vigente.

Convocatoria de referencia 2025-2026 Presentación Fecha límite de resolución
Extraordinaria de octubre/noviembre 3 a 17 de noviembre de 2025 21 de noviembre de 2025
Enero 27 de enero a 11 de febrero de 2026 17 de febrero de 2026
Mayo 1 a 16 de junio de 2026 22 de junio de 2026
Julio 14 a 27 de julio de 2026 30 de julio de 2026

Los plazos de 2026-2027 deben publicarse mediante una nueva resolución. No reutilices las fechas anteriores sin comprobar el curso correspondiente.

9 Cómo se solicita

  1. Comprueba que estás dentro de uno de los periodos habilitados.
  2. Revisa tu expediente: créditos superados, asignaturas pendientes, convocatorias y calificaciones.
  3. Consulta la media de referencia de tu titulación si necesitas utilizar la vía B.
  4. Accede al procedimiento electrónico específico.
  5. Selecciona la asignatura cuya compensación solicitas.
  6. Adjunta documentación únicamente si sirve para aclarar una incidencia o circunstancia especial.
  7. Genera y abona el precio público conforme a las instrucciones del Tramitador.
  8. Registra la solicitud y guarda el justificante.

La documentación aparece como opcional en el procedimiento. El centro comprueba de oficio la información académica disponible en UniOvi.

10 Comisión, tramitación y resolución

Unidad tramitadora

La administración del campus o del centro comprueba el expediente y prepara la actuación de la Comisión.

Órgano de resolución

La Comisión de Evaluación por Compensación del centro, presidida por el Decanato o la Dirección, o la persona en quien delegue.

Tras la modificación de 2018, la Comisión está formada por:

  • Presidencia: Decano, Decana, Director o Directora, o persona en quien delegue.
  • Vocalía: Administrador o Administradora, o Jefatura de la Sección de Estudiantes del centro o campus.
  • Secretaría: Secretario o Secretaria del centro.

La Comisión dispone de un máximo de tres días hábiles para resolver, contados desde el día siguiente a la presentación o desde el cierre del plazo cuando aún no dispone de todas las calificaciones definitivas. La notificación se realiza electrónicamente y la denegación debe estar motivada.

11 Efectos académicos

  • Si la resolución es favorable, en el expediente aparece «Aprobado por compensación».
  • A efectos del cálculo del expediente equivale a un aprobado con calificación numérica de 5.
  • La compensación supera esa asignatura, pero no sustituye la superación del TFG, prácticum u otros créditos no compensables que aún estén pendientes.
  • Una vez concedida en una titulación, no puede volver a utilizarse para finalizar otra.

12 Precio público

El Decreto de precios públicos para el curso 2026-2027 mantiene en 50 euros el importe de la solicitud de evaluación por compensación.

Comprueba la carta de pago antes de continuar. El importe corresponde a la tramitación del procedimiento y debe abonarse según las instrucciones del Servicio de Solicitudes.

13 Qué hacer si no estás de acuerdo

Contra la resolución de la Comisión puede interponerse recurso de alzada ante el Rector.

  • El plazo general contra una resolución expresa es de un mes desde el día siguiente a su notificación.
  • Explica qué requisito o criterio consideras aplicado incorrectamente.
  • Adjunta la resolución, el expediente académico relevante y los documentos que sustenten tu alegación.
  • Comprueba siempre el pie de recursos de la resolución concreta.
La Comisión no puede denegar por una valoración genérica de tu trayectoria. Debe aplicar los requisitos, limitaciones y criterios objetivos del Reglamento y motivar la decisión.

14 Lista de comprobación

  • Estoy en un Grado o antigua titulación de primer o segundo ciclo.
  • He superado en UniOvi al menos el 50 % de los créditos.
  • Solo tengo una asignatura computable pendiente.
  • La asignatura puede ser objeto de compensación.
  • Estoy matriculado, salvo que opere una excepción.
  • Cumplo el número de convocatorias exigido o su excepción.
  • Mi última calificación presentada es superior a cero.
  • Cumplo la vía A o la vía B de criterios académicos.
  • No he recibido compensación en otra titulación.
  • No tengo sanción grave o muy grave.
  • Estoy dentro del plazo anual publicado.
  • He abonado la tasa y guardado el justificante.

15 Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si también me falta el TFG?

Sí, porque el TFG se excluye del cómputo de asignaturas pendientes. Sin embargo, el TFG no puede compensarse y deberás superarlo por el procedimiento ordinario.

¿Puedo compensar una optativa?

En un plan vigente, solo cuando no superarla obliga a adaptarse a un plan nuevo. En un plan extinguido puede ser compensable conforme a su régimen especial.

¿Puedo volver a solicitarla después de una denegación?

Sí. La prohibición que existía fue eliminada en 2018. Puedes volver a solicitarla en otra convocatoria si las circunstancias académicas han cambiado y cumples los requisitos.

¿Un «No presentado» cuenta como convocatoria?

No debe darse por supuesto. El requisito habla de haberse presentado a la convocatoria. Revisa cómo figura cada convocatoria en tu expediente y consulta al centro si existe alguna incidencia.

¿Necesito haber sacado siempre más de cero?

No en todos los casos. Para la vía A basta con alguna nota de 3,5 o superior y más de cero en la última convocatoria. La vía B sí limita el número de ceros a ninguno o uno.

¿Se puede compensar con menos de 3,5?

Sí, mediante la vía B, cuando se cumplen las condiciones relativas a ceros, última nota y media del expediente respecto de la titulación.

¿La Comisión puede decidir libremente?

No. Debe verificar requisitos y criterios objetivos. Cumplidos todos, el Reglamento establece que se concede el aprobado por compensación.

¿La tasa se mantiene en 2026-2027?

Sí. El Decreto 45/2026 fija en 50 euros la solicitud de evaluación por compensación para ese curso.

16 Normativa, fuentes oficiales y contacto

Administración del centro

Consulta incidencias del expediente, convocatorias, medias de referencia y estado de tramitación.

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