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TRÁMITE: AYUDAS A ESTUDIANTES EMPADRONADOS EN EL MUNICIPIO DE LLANERA

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

Descripción

Ayudas en concurrencia competitiva para estudiantes de la Universidad de Oviedo empadronados en Llanera, destinadas a sufragar gastos de desplazamiento diario a los campus y material didáctico y/o informático. La convocatoria es financiada por el Ayuntamiento de Llanera y gestionada por la Universidad de Oviedo (Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad). La dotación global de referencia es 11.000 € y la cuantía individual orientativa es de hasta 500 € (para solicitantes en Umbral 1) o hasta 300 € (para solicitantes en Umbral 2), hasta agotar crédito.

¿Quién lo puede solicitar?

Estudiantado de la Universidad de Oviedo matriculado en estudios oficiales de:

  • Grado

  • Máster Universitario

Siempre en el correspondiente curso académico.

Fechas

      • Fecha de inicio: 26-08-2025 00:00
      • Fecha de fin: 09-09-2024 23:59

 

En los plazos establecidos en la convocatoria, estás son las distintas etapas de la convocatoria:

Requisitos

Académicos (en el correspondiente curso académico):

      • Grado: al menos 36 ECTS si inicias estudios; 24 ECTS si estás en 2.º o posteriores.

      • Máster oficial: al menos 18 ECTS si inicias; 12 ECTS si estás en 2.º o posteriores.

      • Si te quedan menos créditos para finalizar el título, no se aplica el mínimo.

      • Si cambiaste de centro/estudios, se toman los requisitos del centro/estudios de origen; si dejaste algún curso sin estudiar, los requisitos se refieren al último curso realizado.

Rendimiento: haber superado ≥ 50% de los créditos matriculados el curso anterior (no exigible si es tu primer curso de 1.º de Grado). No cuentan créditos reconocidos/convalidados/adaptados.

Empadronamiento: estar empadronado/a en Llanera con al menos 12 meses de antelación a la finalización del plazo de solicitud (lo verifica de oficio el Ayuntamiento).

Situación económica: cumplir los umbrales de renta familiar aplicables según los que figuran en la convocatoria (remisión al Real Decreto 201/2024 del curso de referencia).

Limitaciones: incompatibles con otras ayudas de análoga naturaleza en coincidencia temporal; máximo una ayuda por persona.

¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.

Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

      • Se calcula la renta familiar conforme al RD 201/2024 del curso de referencia.

      • Con el crédito disponible se prioriza:

            • Primero, quienes no superen Umbral 1, ordenados de menor a mayor renta500 € (o la fracción que corresponda si no alcanza el crédito).

            • Después, si queda crédito, quienes no superen Umbral 2, ordenados de menor a mayor renta300 € (o fracción).

Documentación

En la solicitud debes aceptar:

      • Declaración de Protección de Datos.

      • Notificaciones al correo corporativo UO (Ley 39/2015).

      • Declaración de estar al corriente con Hacienda (AEAT/Principado), Seguridad Social y Universidad, y de no ser deudor por reintegro.

      • Autorización para solicitar datos al Ayuntamiento de Llanera.

Documentación a adjuntar (según corresponda):

      • Anexo I: Impreso de datos bancarios de terceros acreedores (ser titular o cotitular de la cuenta).

      • Anexo II: Declaración responsable (obligaciones tributarias/Seguridad Social; art. 13 LGS; no doble financiación).

      • Anexo III: Autorización AEAT y consulta de identidad (SCSP) de la unidad familiar; la renta fiscal la remite AEAT (ejercicio que corresponda en la convocatoria).

      • Si declaras independencia familiar y económica: título/contrato de vivienda, contrato de trabajo, vida laboral e ingresos netos (si no queda probado, se deniega).

      • Miembros computables con ingresos y sin IRPF presentado: datos fiscales de AEAT.

      • Desempleo: certificado SEPE (situación y, si hay, prestación/subsidio: cuantía y duración). Salario Social Básico: resolución o última mensualidad.

      • Pensiones (jubilación, invalidez, orfandad u otras): certificado oficial con cuantía mensual.

      • Separación/divorcio: sentencia y convenio (si existe); justificante de aportaciones o, si hay impago, ejecución o inicio de actuaciones. (Para uniones de hecho con hijos: sentencia de guarda/custodia/alimentos y justificantes).

      • Discapacidad (≥ 33%) del solicitante y/o hermanos: certificado.

      • Hermanos (< 25 años) cursando estudios universitarios fuera del domicilio familiar en el curso anterior: certificado de matrícula.

      • Estudiantado extranjero: acreditación de miembros e ingresos de la unidad familiar (conversión a euros al tipo oficial aplicable).

      • Si no hay datos tributarios en administraciones, deberá aportarse información fehaciente de renta; si no, se deniega. La Universidad puede pedir más documentos si lo necesita.

ENLACE A LOS ANEXOS EN WORD

Comisión de Valoración

      • Presidencia: Vicerrector/a de Estudiantes y Empleabilidad (o sustitución).

      • Vocalías:

            • Director/a de Área del Vicerrectorado (a propuesta de dicho Vicerrectorado).

            • 1 representante de la parte no académica del Consejo Social.

            • 2 PDI miembros del Consejo de Gobierno.

            • 2 estudiantes miembros del Consejo de Gobierno.

            • 1 estudiante miembro del Consejo de Estudiantes.

            • 1 representante de la Delegación especial de la AEAT (Asturias).

            • 3 representantes del Ayuntamiento de Llanera (designados por la Alcaldía).

            • Jefatura del Servicio de Gestión de Estudiantes.

      • Secretaría: Jefatura de la Sección de Becas y Convenios (suplencia: Jefatura de Unidad o funcionario/a de esta).

Para contactar con los representantes estudiantiles de la Comisión, puedes escribir a cestudiantes@uniovi.es

Normativa

      • Ley 38/2003, General de Subvenciones y RD 887/2006 (Reglamento).

      • Decreto 71/1992 (Régimen General de Subvenciones del Principado de Asturias) y Decreto 14/2000 (modificación).

      • Reglamento de Gestión Económica y Financiera (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19/01/2022; Anexo III: Régimen de concesión).

      • Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común) y Ley 40/2015 (Régimen Jurídico).

      • Decreto 14/1999 (publicidad en BOPA de convocatorias en concurrencia).

      • Estatutos de la Universidad de Oviedo (Decreto 77/2024, de 5 de diciembre).

      • Bases reguladoras específicas aprobadas por Resolución del Rector de 27/06/2024 (BOPA 10-VII-2024).

      • RD 201/2024 (umbrales de renta/patrimonio y cuantías de becas del curso de referencia).

      • Publicidad BDNS (art. 20 LGS) y recursos (reposición/contencioso) conforme a la convocatoria.

Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad: