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Ayudas a estudiantes empadronados/as en Corvera de Asturias · Guía del Consejo de Estudiantes

Ayudas a estudiantes empadronados/as en el municipio de Corvera de Asturias — Guía práctica

Esta sección se ha creado por el Consejo de Estudiantes con el único fin de informar y bajo la responsabilidad del solicitante de comprobar la veracidad de todo.

1 Descripción

Ayudas económicas, por concurrencia competitiva, para estudiantes de la Universidad de Oviedo empadronados/as en Corvera de Asturias. Cubren gastos de desplazamiento a los campus y material didáctico y/o informático. Financiación total: 22.000 € (aportación del Ayuntamiento de Corvera). La cuantía individual se asigna por tramos de renta (Umbral 1, 2 y 3).

2 ¿Quién lo puede solicitar?

Estudiantes de la Universidad de Oviedo matriculados/as en estudios oficiales de Grado o de Máster Universitario en el correspondiente curso académico, empadronados/as en el municipio de Corvera de Asturias.

3 Fechas

  • Fecha de inicio: 10-09-2025 00:00
  • Fecha de fin: 24-09-2025 23:59

En los plazos establecidos en la convocatoria, estas son las distintas etapas de la convocatoria:

Esquema visual de etapas de la convocatoria
Procedimiento (esquema orientativo).

4 Requisitos

Matrícula mínima
  • Grado: ≥ 18 créditos.
  • Máster: ≥ 18 créditos si inician estudios; ≥ 12 créditos si son de 2.º o posteriores.
  • Si para terminar faltan menos créditos, se admite esa cifra menor. (Todo referido al correspondiente curso académico).
Rendimiento académico

Haber aprobado al menos el 30 % de los créditos matriculados en el curso anterior (no cuentan reconocidos, convalidados ni adaptados). Excepción: quien entra en 1.º de Grado por primera vez.

Empadronamiento en Corvera

12 meses de antigüedad como mínimo respecto al fin del plazo de solicitud (lo verifica de oficio el Ayuntamiento).

Renta familiar

Se aplican los umbrales oficiales del Real Decreto estatal de umbrales y cuantías de becas del correspondiente curso académico (no hace falta que el solicitante aporte las cifras: la convocatoria ya las fija).

Límites e incompatibilidades
  • Una ayuda por solicitante.
  • Incompatible con otras ayudas/becas para la misma finalidad.
  • No tener un título del mismo o superior nivel al de los estudios para los que se pide la ayuda (con excepciones de complementos para obtener Grado y acceso a Máster desde Grado/Licenciatura, que pueden ser beneficiarios).

5 ¿Quién tramita y resuelve?

Vicerrectorado de Estudiantes – Unidad de ayudas, prácticas y gestión económica.

6 Criterios de adjudicación y procedimiento de concesión

Se calcula la renta familiar según el Real Decreto de umbrales vigente en el correspondiente curso académico. Con el crédito disponible se procede en este orden:

  • Familias con Ingreso Mínimo Vital (IMV): se adjudica primero, por orden de menor a mayor renta.
  • Si queda crédito: solicitantes ≤ Umbral 1, por orden de menor a mayor renta.
  • Si aún queda: ≤ Umbral 2, por orden de menor a mayor renta.
  • Si todavía queda: ≤ Umbral 3, por orden de menor a mayor renta. Las cuantías individuales asociadas a cada tramo están fijadas en la convocatoria.

7 Documentación

  • Anexo I: Impreso de datos bancarios (la cuenta debe estar a nombre del/la beneficiario/a como titular o cotitular).
  • Anexo II: Declaración responsable de no tener deudas con Hacienda/Seguridad Social/Universidad, ni prohibiciones para ser beneficiario/a.
  • Anexo III: Autorización para que la Universidad consulte datos fiscales a la AEAT y datos de identidad (SCSP) de los miembros computables de la familia.
  • Independencia familiar/económica (solo si se alega): título/contrato de vivienda, contrato de trabajo, vida laboral e ingresos netos. Si no queda claro, se deniega.
  • Miembros con ingresos que no presentan IRPF: “datos fiscales” de la AEAT. (Si están obligados a declarar, la Universidad obtiene la información directamente de AEAT).
  • IMV: certificado del INSS.
  • Desempleo: certificado del SEPE (demanda y, en su caso, prestación/subsidio con cuantía y duración). Si hay Salario Social Básico, resolución/último justificante.
  • Pensiones: certificado del organismo competente con la cuantía mensual.
  • Separación/divorcio/unión de hecho con hijos/as: sentencia y convenio, justificantes de aportaciones; si hay impago, ejecución o inicio de actuaciones.
  • Discapacidad (≥33 % del solicitante o hermanos/as): certificado oficial.
  • Hermanos/as universitarios/as (menores de 25 años que estudiaron fuera del domicilio familiar en el curso anterior): certificado de matrícula.
  • Estudiantes extranjeros/as: documentos que acrediten miembros e ingresos de la unidad familiar (los ingresos pueden constar en moneda de origen).
  • Cualquier otro documento que la Universidad solicite si fuera necesario para comprobar requisitos.

Pago y justificación (qué esperar después)

  • Abono por transferencia a la cuenta indicada en el Anexo I.
  • No se exigen facturas de compras: basta con acreditar que se cumplen las condiciones económicas y académicas que justifican la ayuda, según las Bases.

8 Comisión de Valoración

  • Presidencia: Vicerrector/a de Estudiantes y Empleabilidad (o quien le sustituya).
  • Vocalías:
    • 1 Director/a de Área (a propuesta del Vicerrectorado).
    • 2 Profesores/as del Consejo de Gobierno (a propuesta del Vicerrectorado).
    • 2 Estudiantes del Consejo de Gobierno (a propuesta del Vicerrectorado).
    • 1 Estudiante del Consejo de Estudiantes (o su delegado/a, a propuesta del Vicerrectorado).
    • 1 Representante de la parte no académica del Consejo Social (a propuesta del propio Consejo Social).
    • 3 Representantes del Ayuntamiento de Corvera (designados por la Alcaldía).
    • Jefatura del Servicio de Gestión de Estudiantes.
    • Secretaría: Jefatura de Sección de Becas y Convenios (con voz y sin voto).
    • Suplencia: Jefatura de la Unidad de Ayudas, Prácticas y Gestión Económica (o un/a funcionario/a de la misma).

Si necesitas contactar con la representación estudiantil de la Comisión: cestudiantes@uniovi.es.

9 Normativa

  • Ley 38/2003, General de Subvenciones y RD 887/2006 (Reglamento).
  • Decreto 71/1992 del Principado de Asturias (Régimen General de Subvenciones), modificado por Decreto 14/2000.
  • Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo (Acuerdo de 19/01/2022, Anexo III: régimen de concesión de subvenciones).
  • Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común) y Ley 40/2015 (Régimen Jurídico del Sector Público).
  • Decreto 77/2024 (Estatutos de la Universidad de Oviedo) y Resolución de 12/06/2024 (estructura general de gobierno).
  • Bases reguladoras aprobadas por Resolución del Rector de 27/06/2024 (BOPA 10/07/2024).
  • Real Decreto estatal de umbrales y cuantías de becas aplicable al correspondiente curso académico (referencia en la convocatoria).
  • Ley 35/2006 (IRPF): exención de estas ayudas como ayudas al estudio (art. 7).
  • Resolución de 9/04/2010 (Universidad de Oviedo) sobre régimen de concesión de subvenciones.

10 Realizar la solicitud

De manera telemática mediante la correspondiente sección en el Servicio de Solicitudes de la Universidad:

Consejo de Estudiantes · Guía informativa (prevalece la convocatoria oficial)