“Mecanismos para la ampliación del parque público de vivienda”

Joan Manuel Trayter Jiménez (noviembre de 2023)

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente 57.363 (2023): 189-190.

El artículo 47 de la Constitución señala la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. La Administración, en especial las Comunidades Autónomas (pues ostentan la competencia exclusiva en materia de vivienda), deben promover las condiciones necesarias para garantizar este derecho. Sin embargo, durante años, la política de vivienda pública ha sido prácticamente inexistente. Esta falta de actuación por parte de las instituciones, acompañada de la escasa inversión económica en este sector y de un marco jurídico deficiente han propiciado la situación actual, en la que la Administración Pública necesita urgentemente incrementar el parque público de vivienda para cubrir la demanda por parte de la población, cada vez más elevada.